Fiador o avalista: responsabilidad y requisitos

11 Marzo 2024

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

La figura del fiador o avalista es cada vez más utilizada en los contratos de arrendamientos, a fin de proporcionar garantías adicionales para el cumplimiento de las obligaciones, principalmente el pago. 

¿Qué es un fiador? Garantía adicional

Debemos saber que el fiador según nuestro Código Civil, es aquella persona física que se obliga a cumplir, en caso de que el deudor principal no lo haga. 

Nuestro ordenamiento reconoce unos beneficios a esta figura: 

  • Beneficio de excusión, por el que el fiador no responderá en caso de que el deudor posea bienes para responder.
  • Beneficio de orden, por el que se deberá reclamar en primera instancia al deudor principal y posteriormente al fiador.
  • Beneficio de división, por el que se presumen que en caso de varios fiadores su responsabilidad será mancomunada.

Fiador vs. Avalista

En términos generales, solemos equiparar estos dos roles, pero en realidad, hay una distinción importante. Aunque ambos son garantía de pago y cumplen la misma función, la diferencia radica en lo siguiente: 

  • El fiador, responderá en caso de no poder responder el deudor principal. 
  • El avalista, responderá de manera solidaria con el deudor principal.

Solo cabrá la equiparación de los términos de “avalista” y “fiador” en caso de que en el mismo contrato se pacte una responsabilidad solidaria o se renuncie por parte del fiador a los beneficios indicados anteriormente. 

La responsabilidad del fiador ¿Subsidiaria o solidaria?

El fiador, como ya hemos comentado anteriormente, tiene reconocidos por nuestra normativa unos beneficios que le otorgan de por sí una responsabilidad subsidiaria, pues de los mismos se desprende que éste solo responderá en caso de que el principal no pueda cubrir con sus bienes la deuda y haya sido reclamado previamente agotando los recursos legales para el para el cobro de la deuda del principal.

Por tanto, para que pueda operar la solidaridad del fiador en un contrato, debe haberse pactado su carácter solidario de manera expresa o bien haber renunciado el fiador al beneficiario de excusión. Este pacto de solidaridad excluirá por sí mismo, sin necesidad de renuncia expresa, tanto el beneficio de excusión como el de división.

Requisitos para convertirse en sujeto  
pasivo del procedimiento judicial

En lo que respecta a los procedimientos de arrendamientos y en concreto a los procedimientos de desahucio, como ya hemos venido adelantando, la Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo 437.4. 3ª, recoge que, para poder traer al fiador solidario o avalista al procedimiento judicial, deberá existir requerimiento de pago previo no satisfecho.

Para que el fiador pueda pagar, es necesario realizar un requerimiento previo en el que se le notifique la cantidad exacta que debe abonar, dándole la oportunidad al fiador para atender al pago.

No obstante, lo importante aquí es que sólo podrá ser sujeto pasivo de la acción el fiador solidario, de tal manera que, si se trata del concepto simple del fiador con beneficio de excusión y sin pacto de solidaridad, no podrá ser requerido del pago, hasta haber agotado todos los recursos legales para el cobro de la deuda del principal.

Mercedes García Avellán

Referencias legales:

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (artículo 437.4.3ª)

Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil (artículo 1822) 

Tribunal supremo: sentencia número 770/2022 del 22 de julio y sentencia 56/2020 del 27 de enero de la Sala Primera del Tribunal Supremo.

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

COMENTARIOS

HTML Restringido

  • Etiquetas HTML permitidas: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
  • Las direcciones de correos electrónicos y páginas web se convierten en enlaces automáticamente.

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes