LEGÁLITAS. Canal Ético de Comunicaciones
El Canal Ético (canal.etico@legalitas.es) tiene como finalidad la comunicación, por cualquier persona, de incidencias, de irregularidades o de incumplimientos que se entiendan contrarios a la ley o a la reglamentación interna de las entidades del Grupo Legálitas y, fundamentalmente, contrarias al Código Ético del Grupo Legálitas, documento que podrás consultar pulsando en este enlace o en Archivos Corporativos de Mi Legálitas.
Las comunicaciones que se realicen a través de este canal tienen garantía de confidencialidad respecto de la persona comunicante y, en los casos en que así se solicite, de anonimato, siempre que esto no suponga la imposibilidad de llevar a cabo las averiguaciones precisas para resolver el expediente.
Asimismo, deben formularse siempre bajo criterios de veracidad y sospecha razonables. Trasladar un hecho falso a sabiendas de su falsedad podrá conllevar responsabilidad para el denunciante.
Las comunicaciones recibidas deben contener los datos necesarios para poder llevar a cabo el análisis de los hechos y su transcendencia. Además, deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos:
- Breve exposición de los hechos.
- Identificación de la sociedad o departamento en la que hayan tenido lugar.
- Personas relacionadas con los hechos o con conocimiento de estos.
- Fecha de ocurrencia de los hechos o de su inicio.
Se podrán aportar documentos o referencias que se estimen relevantes para la evaluación y resolución de las circunstancias comunicadas.
El acceso a los expedientes, por los informantes, es relevante por numerosas razones, entre otras:
- Examinar el estado del mismo para comprobar las medidas que se estén tomando.
- Proporcionar información adicional a su inicialmente comunicada.
- Solicitud por parte del Compliance Officer de información adicional que ayude a resolver el problema o tomar la acción apropiada.
Las comunicaciones enviadas a través del Canal Ético son confidenciales e incluso, si así lo desea el comunicante, podrán ser anónimas, aunque será de ayuda a la averiguación suministrar datos de contacto del remitente y su vinculación con LEGÁLITAS para facilitar el análisis y seguimiento del expediente.
El canal ético de comunicaciones es una herramienta de ayuda al cumplimiento normativo, exigido por Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (Ley Whistelblowing) y contemplado por otras normas como el Código Penal o la Ley de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.