Cierre centros Único: Cómo deben reclamar los afectados

08 Noviembre 2024

Por Juan Rubén de la Cruz Abogado experto en Derecho Mercantil

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Cierre centros Único: Cómo deben reclamar los afectados

El pasado mes de julio, Centros Único, especializados en depilación laser y medicina estética, anunciaba el cierre de más de un centenar de establecimientos en España

Tras solicitar la declaración de concurso de acreedores por atravesar una situación de insolvencia en sus cuentas, el Juzgado Mercantil Nº 18 de Madrid admitió el 10 de septiembre a trámite su solicitud declarando el concurso de acreedores del grupo de empresas y nombrando un administrador concursal.

Explicamos los derechos de los consumidores que están afectados por el cierre de estos centros, si pueden reclamar el importe de un tratamiento incompleto que ya habían pagado o qué ocurre en el caso de haber solicitado una financiación para pagar a plazos un tratamiento.

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¿Qué deben hacer los afectados por el concurso de Centros Único?

Todos aquellos ciudadanos que tengan un tratamiento pagado y estén afectados por el cierre de estos centros, tanto los que no han finalizado el tratamiento como los que lo hayan iniciado, deben de guardar toda la documentación que justifique la relación contractual y los pagos que se hayan efectuado a la empresa. 

Igualmente, deben solicitar al centro afectado el historial para poder acreditar en qué medida se quedó incompleto su tratamiento en el caso de que lo iniciasen.

¿Qué es un concurso de acreedores exprés?

 

¿Y si el tratamiento ha sido financiado por alguna entidad bancaria vinculada a los Centros Único?

Es necesario comunicar a la entidad financiadora la situación mediante una reclamación con el fin de que la entidad paralice el cobro periódico de los recibos. 

Del mismo, si la financiación no se encuentra asociada al contrato de prestación de servicios, sino que se ha solicitado un préstamo personal de forma independiente al centro estético, también se aconseja reclamar a la entidad financiera y explicarle la situación, aunque la entidad financiera no tendrá la obligación de paralizar el cobro de los recibos pendientes. Por lo que, los afectados tendrán que continuar pagando el tratamiento. 

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Respecto al procedimiento judicial, ¿es necesario que los afectados presenten algún tipo de documentación?

Sí. Desde que se publicó la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado, el pasado 20 de septiembre, los afectados disponen de un mes para efectuar la comunicación de su deuda pendiente a la Administración Concursal. 

Esta comunicación se debe efectuar mediante un escrito dirigido a la Administración Concursal que el juzgado ha nombrado, indicando además de los datos personales del afectado, todos los datos e información necesaria relativa a la deuda existente contra las empresas concursadas.

Una vez realizada la comunicación a la Administración Concursal, es indispensable hacer un seguimiento del caso, pues se valorará la inclusión de la deuda pendiente y la cuantía en la lista de acreedores, pudiendo variar los importes en función de la información con la que cuente la Administración Concursal. 

 

¿Y si tu Centro Único es un franquiciado y no pertenece al anterior grupo de empresas?


Efectivamente existe la posibilidad que tu centro de depilación laser y medicina estética no pertenezca directamente a las empresas que conforman el grupo de empresas, sino que se haya unido a la red de Centros Único mediante la suscripción de un contrato de franquicia, que es una práctica muy habitual en el tráfico mercantil. 

En ese supuesto se recomienda seguir específicamente a la empresa franquiciada en concreto y conocer las decisiones que ha tomado al respecto tras la declaración de Concurso de Acreedores de la empresa matriz.

En este sentido, el día 17 de octubre de 2024, una serie de empresas que gestionaban este tipo de centros como franquiciados han sido declarados en Concurso de Acreedores, mediante auto por el Juzgado Mercantil nº 12 de Barcelona, estando estas empresas ubicadas en la provincia de Barcelona. 

En particular se tratan de las siguientes empresas:
-    Jose & Salua Medical Aesthetic, SA
-    Adonia 2015, SLU
-    Mas Ram Properties, SLU
-    Aileen 2016, SLU
-    Alissa Estética 2015, SLU
-    Adara 2016, SLU
-    Jose & Salua Medical Solutions, SLU
-    Apoline 2014, SLU
 

Así, para que hacer valer sus derechos, las personas con tratamientos inacabados, pero que han sido pagados íntegramente o financiados, deben proceder a realizar la comunicación de créditos a la administración concursal nombrada dentro del plazo de un mes desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, siempre que haya resultado ser afectado por el cierre de alguna de las empresas mencionadas anteriormente.

 

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