Guía legal para los afectados por el caso Volkswagen
01 Octubre 2015
- Perder parte del valor del coche, gastar más en carburante, pagar más en los parquímetros, pagar menos en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica podrían ser algunas de las consecuencias que podrían venir aparejadas.
El “caso Volkswagen” se presenta como un ejemplo claro de cumplimiento defectuoso de contrato, ya que el vehículo que tenemos no reúne las características que nos llevaron a su compra y figuran en el contrato.
Al margen de las gestiones que un posible afectado pudiera realizar para intentar demostrar el daño y poder optar a alguna indemnización, Legálitas alerta sobre otra serie de consecuencias importantes que cada afectado deberá tener en cuenta, ya que podrían llegar a ocurrirle, si bien habrá que valorar cada caso concreto:
¿Qué consecuencias puede tener que mí coche sea uno de los afectados?
- El coche podría tener un valor inferior una vez modificado. Esto ocurriría por ejemplo si como consecuencia de la modificación quedara con una potencia menor.
- Podemos tener un mayor coste en carburante a partir de esta intervención cuando se le instale el nuevo sistema de control de emisiones.
- Podríamos tener que volver a pasar la ITV si se modificaran las características del vehículo, como ocurriría en el caso de que éste quedara con una menor potencia.
- Puede suponernos un mayor coste en parquímetros en ciudades como Madrid en las que el coste varía en función de las emisiones contaminantes del coche, siempre que el vehículo después de la rectificación contaminara más que lo que constaba en su ficha, aunque esté dentro de la legalidad.
- Llevar el coche a que nos cambien el sistema nos puede ocasionar una serie de gastos, como el transporte alternativo durante el tiempo que la reparación del vehículo dure.
Por otro lado, si la solución pasa por perder potencia, nuestro coche tendría menos caballos fiscales y pagaríamos menos en el de impuesto de vehículos de tracción mecánica.
Y todo esto… ¿Quién me lo paga?
Las posibles acciones judiciales a realizar según los abogados expertos de Legálitas son:
- La acción de nulidad por vicios ocultos (artículos 1484 y siguientes del Código Civil)
- La acción de nulidad por error en el consentimiento y dolo (artículos 1265 y siguientes del Código Civil), que tendría los efectos previstos en el artículo 1303 del Código Civil.
- La acción de resolución por incumplimiento contractual prevista en el artículo 1124 del Código Civil.
- La acción de daños y perjuicios del artículo 1101 del Código Civil.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Si eres uno de los afectados del caso Volkswagen no lo dudes, únete gratis a la Plataforma de Afectados que ha creado Legálitas. Comprobaremos si tu vehículo está afectado y estarás permanentemente informado sobre los avances en la reclamación de tus derechos.
Plataforma de Afectados por Volkswagen de Legálitas