Cómo solicitar la Incapacidad Permanente por Fibromialgia

13 Marzo 2025

Por Maria Lucia Escamilla Martos Abogada experta en Trabajo

Legálitas Abogados

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Cómo solicitar la Incapacidad Permanente por Fibromialgia

La fibromialgia es una enfermedad reumática posiblemente crónica que puede suponer una situación invalidante para un determinado trabajo e incluso para cualquier actividad laboral. 

Para que esta situación de derecho a que se nos conceda una Incapacidad Permanente Contributiva, según lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes de la Ley General de la Seguridad Social, tienes que:

  • Acreditar con informes médicos que las lesiones o patologías que padecemos con esta enfermedad son invalidantes y no podemos realizar las funciones básicas de nuestra profesión ni ningunas otras.
  • Tenemos que estar en situación de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta.
  • Haber cotizado según cada caso un periodo determinado a la Seguridad Social.

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Una vez que se nos ha diagnosticado fibromialgia y queremos solicitar una Incapacidad Permanente Contributiva Laboral lo primero y aconsejable es hablar con el especialista que ha emitido el informe y con el médico de cabecera, ya que la solicitud requiere:

  1. Que el solicitante presente un cuadro clínico detallado y avalado por informes médicos. 

  2. Es esencial que se detallen los síntomas, los resultados de las pruebas realizadas y el tratamiento prescrito, incluido el uso de analgésicos fuertes como un indicador del nivel de dolor. 

  3. Una vez que se tienen acreditados los requisitos médicos, se tendrán que ver si se reúnen el resto de los requisitos legales (situación de alta en la Seguridad Social o situación asimilada al alta, cotización previa requerida etc.). Si se cumplen también, se tendrá que ver si el procedimiento hay que iniciarlo de oficio o a instancia de parte.

  4. Una vez, que el caso se presenta ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), se cita al paciente para una evaluación ante el Tribunal Médico correspondiente en su provincia. 

  5. Después de esta evaluación, el INSS emite una resolución. La resolución puede conceder o denegar la incapacidad permanente, especificando el grado concedido si se aprueba. Si se concede, la Seguridad Social comenzará a pagar una pensión mensual al solicitante. 

  6. En caso de una resolución denegada, el solicitante tiene 30 días hábiles para presentar una reclamación previa ante el mismo INSS. Si esta reclamación también es denegada, se debe presentar una demanda judicial ante el juzgado de lo social territorialmente competente, aportando toda la documentación administrativa y médica disponible.

Algunas de las preguntas que solemos tener de clientes con fibromialgia que quieren reclamar una incapacidad laboral o ser pensionistas por este motivo en la Seguridad Social son:

¿Qué tipo de incapacidad laboral puedo conseguir si padezco fibromialgia?

Como cualquier enfermedad, lo que determina el tipo de incapacidad es cómo afectan las secuelas a tu capacidad para trabajar. En nuestra legislación vigente no hay una equivalencia directa entre fibromialgia e invalidez laboral.

Si tengo ya concedida una incapacidad laboral en grado de total o absoluta por fibromialgia desde hace tiempo, ¿puedo solicitar ahora una absoluta o una gran invalidez? 

Según lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley General de la Seguridad Social, se podrá solicitar una revisión por agravamiento, con informes médicos que indiquen que se ha agravado el estado de salud desde que se nos concedió la incapacidad laboral. Esta situación se tendrá que hacer antes de que se cumpla la edad ordinaria según el período que cada uno tenga cotizado para el acceso a la jubilación.

¿Cuánto se puede llegar a cobrar con una incapacidad laboral por fibromialgia? 

El importe de la pensión depende del grado de incapacidad laboral que obtengas y de lo que se haya cotizado y bases de cotización que se hayan tenido en el período requerido para realizar el cálculo de la pensión. 

Recordando que en lo dispuesto en el artículo 195, 196 y 197 de la LGSS, se nos va indicando el período que tenemos que tener cotizado para el acceso a la Incapacidad según la edad del solicitante y como se va a realizar el cálculo de la pensión y que bases de cotización se tienen en cuenta y que topes se aplican según las bases de cotización que se hayan tenido.

¿Estoy obligado a informar a mi empresa de que he solicitado la incapacidad laboral a causa de la fibromialgia que padezco? ¿Se pueden enterar? 

No, la empresa no se va a enterar de que estás tramitando la incapacidad permanente laboral contributiva, excepto que tú mismo se lo digas. Otra cuestión es que estés de baja médica temporal en tu empresa, hayas agotado los 545 días de baja médica y el INSS haya iniciado de oficio un expediente de Incapacidad Permanente. Porque en ese caso la resolución que te emita el INSS sobre el reconocimiento o no de la Permanente, también le va a llegar a la Empresa. Ya que, en caso de denegarse, la empresa tiene que volver a dar de alta en la Seguridad Social al trabajador. 

¿Puedo solicitar la incapacidad laboral debido a la fibromialgia si estoy trabajando o tengo que esperar a estar de baja y agotar los 18 meses?

No es obligatorio esperar a agotar los plazos de la baja médica para solicitar la incapacidad laboral. Pero el procedimiento es diferente. Si agotamos todo el período de baja médica y superamos los 18 meses, el procedimiento se iniciará de oficio por el INSS. Si no quieres esperar, el procedimiento se podrá iniciar a instancia de parte y será el trabajador afectado el que haga la solicitud. 

¿Están obligados a adaptar mi puesto de trabajo si estoy afectado de fibromialgia y lo comunico en mi empresa? 

Se tendrá que iniciar el procedimiento de adaptación por el trabajador afectado por motivos relacionados con lo dispuesto en la normativa de prevención de riesgos laborales y previa entrega de informes médicos (la mayoría de las veces el trabajador tiene miedo por si la Empresa a través de la Mutua lo considera no apto para el trabajo y lo despide). 

Si padezco fibromialgia, ¿puedo compatibilizar una pensión por incapacidad laboral con un trabajo?

La Ley General de la Seguridad Social dice exactamente que puedes hacerlo siempre y cuando tengas reconocida una incapacidad permanente en el grado de total para tu profesión habitual, pidas autorización al INSS, y el INSS determine que las funciones del nuevo trabajo no suponen un agravamiento en tu estado de salud. 

Pero en el caso de la pensión de incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez, a la lectura de la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de abril del 2024, es el Tribunal Supremo a partir de esta sentencia, el que establece la incompatibilidad de trabajo con esas dos pensiones, ya que señala que la compatibilidad resulta contraria a la lógica y a la sostenibilidad del sistema de pensiones públicas. Luego, puede dar lugar a revisión y retirada, o rebaja de pensión. 

Tribunal médico por fibromialgia… A la lectura de sentencias judiciales de nuestros tribunales. 

A efectos jurídicos, solamente en los casos más graves se la considera patología incapacitante.

Así es, pues como indicó al respecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 27 de julio de 2015, Recurso: 1064/2014 » (…) respecto de la fibromialgia cabe reseñar que su simple diagnóstico no comporta por sí solo el reconocimiento de una IP, sin que sea suficiente atender al número de puntos- gatillo positivos para determinar su carácter incapacitante, dado que además de la existencia de una palpación dolorosa, es necesario valorar cuál es la repercusión real en la capacidad de trabajo, sin que en el caso que nos ocupa haya resultado probado que la fibromialgia diagnosticada a la demandante afecte a su capacidad de desarrollar su profesión habitual, y otro tanto cabe decir respecto del síndrome de fatiga crónica». 

¿Qué grados de reconocimiento de incapacidad puede tener la fibromialgia? 

Nos encontramos con diferentes dictámenes y resultados. Los tribunales han apreciado el grado de Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) en los casos en que existe una severidad notoria de la fibromialgia (STSJ de Cataluña, Social sección 1 del 03 de noviembre del 2010 (ROJ: STSJ CAT 8520/2010) Recurso: 1120/2010º de fecha del 22 de Abril del 2010 (ROJ: STSJ CAT 4507/2010) Recurso: 3575/2009 4035/2019) 

También se aprecia el grado de Absoluta IPA, cuando concurre con otras enfermedades significativas como depresiones graves o severas, (vid STSJ Catalunya 23 marzo 2006JUR 2006241267). SSTSJ 12 de enero del 2011 (ROJ: STSJ CAT 15/2011) Recurso: 2112/2010. STSJ, 5 de diciembre del 2009 (ROJ: STSJ CAT 14398/2009); 21 de Julio del 2009 (ROJ: STSJ CAT 9437/2009), Recurso:4966/2008, etc. 

Cuando la enfermedad aparece diagnosticada con menor claridad o intensidad, como es el caso de un grado de afectación II, por ejemplo, deberá estarse al caso concreto y afectación particular, así como su incidencia en la profesión habitual del paciente y solicitante de incapacidad, porque en algunos casos o no se reconoce, o se accede a una permanente en el grado de Total para la profesión habitual.

Maria Lucia Escamilla Martos
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