Vivienda de protección oficial: tipos y características

14 Mayo 2024

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¿Qué es una vivienda de protección oficial o VPO?

Se trata de viviendas protegidas que reciben una subvención por parte de la Administración Pública y que poseen características propias, definidas y limitadas para que sean prioritariamente asequibles para personas vulnerables, con pocos recursos económicos o necesidades especiales.

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Características de las viviendas de protección oficial

  • Tienen precios inferiores al precio de mercado de las viviendas de la zona. 
  • La superficie no suele superar los 90 metros cuadrados o los 120 metros cuadrados en el caso de ser para familias numerosas.
  • Deben destinarse solo al uso residencial.

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Tipos de viviendas protegidas

Existen tres tipos de viviendas protegidas según su uso:              

Viviendas protegidas para venta o uso propio

  • Viviendas con Protección Pública Básica (VPPB).

La superficie máxima de construcción que puede tener no debe superar los 110 metros cuadrados. El régimen de protección suele durar veinte años, aunque puede solicitarse la descalificación a partir de los 15 años, todo ello con carácter general. Mientras dura el régimen de protección se les aplica el precio máximo legal de venta (PMLV), es decir, el precio que cada comunidad autónoma establece por metro cuadrado de superficie útil. No se puede vender por encima de ese precio (de hacerlo, se incurre en infracción sometida a la correspondiente sanción).

  • Viviendas con Protección Pública a Precio Limitado (VPPL).

Comparten la mayoría de las características de las VPPB, lo que cambia es que la superficie útil construida puede llegar a los 115 metros cuadrados, y que el límite máximo de renta establecido para el posible beneficiario es de un umbral mayor.

Viviendas protegidas para arrendamiento

  • Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento (VPPA).

Son aquellas viviendas que se destinan en exclusiva en régimen de alquiler para personas que sean titulares de una renta limitada.

  • Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento con Opción a Compra (VPPA OC).

Las características son parecidas a la anterior categoría, pero cuando haya transcurrido el lapso de tiempo previamente establecido, se puede llevar a cabo la adquisición de la vivienda.

  • Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento con Opción a Compra para Jóvenes (VPPA OC J)

Se destinan a personas que tienen menos de 35 años para que sean arrendatarios y, posteriormente, transcurrido el término previamente concertado, puedan ejercer la comprar de esa vivienda.

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Viviendas protegidas de Integración Social

A través de este régimen lo que se intenta es facilitar el acceso a la vivienda (por regla general en régimen de alquiler) a familias con dificultades o bien que sus ingresos sean similares al IPREM (eso depende cada Comunidad Autónoma) y / o se encuentren en situación de exclusión social.

 

Requisitos para optar a una vivienda de protección oficial o VPO

Es necesario que los interesados cumplan una serie de requisitos:

  • Estar inscrito en el registro público de demandantes de viviendas de protección oficial de la comunidad autónoma en la que se encuentre empadronado. 
  • No ser propietario de ningún otro inmueble, ni ser beneficiario anteriormente de otra vivienda protegida. 
  • No ser beneficiado en los últimos 10 años de ningún tipo de ayuda pública, ni estatal ni autonómica.
  • Los ingresos familiares del solicitante no pueden superar en más de 5,5 veces el Indicador Anual Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Si bien estos requisitos pueden variar conforme al convenio, calificación de la protección de la vivienda que se pueda establecer en cada una de las comunidades autónomas.

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Si tengo una vivienda de VPO, ¿la puedo alquilar? 

A no ser que en la propia promoción o una normativa de carácter especial establezca lo contario, en principio, se puede llevar a cabo el alquiler de la vivienda.

Aunque no se podrán alquilar aquellas viviendas destinadas al alquiler por parte de la Administración Pública y tampoco si la vivienda de protección oficial es de promoción pública.

Esto es lo que debes tener en cuenta al alquilar una vivienda o piso.

 

¿Puedo vender una VPO cuando quiera?

En principio puede venderse, pero hay que ver si está acogida a promoción pública, si se ha accedido a ayudas o préstamos cualificados o convenidos. En este caso puede mediar una limitación para la venta de 5 o 10 años, incluso si persiste el régimen de protección hay que pedir permiso a la Administración Pública para poder vender.

En todo caso, si persiste el régimen de protección hay que vender la vivienda por el precio máximo establecido por la Administración competente (que suele ser la comunidad autónoma).

¿Es este tu caso y no sabes si puedes vender una VPO? Con Legálitas puedes contar con un abogado experto en esta materia siempre que lo necesites para que te ayude durante todo el proceso. ¡Más información aquí!

 

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