Tipos de contrato temporal: lo que debes conocer

06 Mayo 2022

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Tipos de contrato temporal: lo que debes conocer

Los contratos temporales son los más adecuados para cuando la empresa necesita incorporar a un trabajador por un tiempo determinado. Para la válida concertación, es necesario que concurra la causa objetiva específicamente prevista para cada una de las modalidades del contrato temporal. Desde Legálitas, te explicamos en este artículo todo lo que debes saber sobre cada tipo de contrato temporal, según las necesidades del contrato y la naturaleza del trabajo.

Actualmente, existen dos tipos de contratos temporales:

a. Contrato eventual por circunstancias de la producción.

b. Contrato de sustitución

Contrato de circunstancias de la producción 

Se podrá celebrar en dos situaciones:

  1. Cuando la causa sea un incremento ocasional e imprevisible y que, aun tratándose de la actividad normal de la empresa, genere un desajuste temporal en la misma. Para justificar la causa de temporalidad será necesario que se especifiquen con precisión en el contrato la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista. La duración máxima de 6 meses ampliable a un año por convenio colectivo de carácter sectorial, solo admiten una única prorroga hasta la duración máxima legal o convencionalmente establecida.
  2. Para atender situaciones ocasionales, previsibles y que tengan una duración reducida con una duración máxima de 90 días en un año natural y no podrán ser utilizados de manera continuada.
     

Contrato de sustitución

Este contrato se puede celebrar en tres supuestos:

  1. Para sustituir a una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución. En este caso, la prestación de servicios podrá iniciarse antes de que se produzca la ausencia de la persona sustituida, para garantizar el desempeño adecuado del puesto y, como máximo, durante quince días.
  1. Para completar la jornada reducida por otra persona trabajadora, cuando dicha reducción se ampare en causas legalmente establecidas o reguladas en el convenio colectivo y se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución.
  1. Para la cobertura temporal de un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo, sin que su duración pueda ser en este caso superior a tres meses, o el plazo inferior recogido en convenio colectivo.

Al finalizar este tipo de contrato la persona trabajadora no tendrá derecho a recibir una indemnización.
 

Clausulas específicas para determinados colectivos

Dentro del modelo de contratos temporales hay clausulas específicas para determinados colectivos.

  • De trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género, domestica o víctima de terrorismo y víctima de trata de seres humanos.
  • De trabajadores en situación de exclusión social por empresa de inserción.
  • De trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo.
  • Situación de jubilación parcial.
  • Relevo.
  • Para la mejora de la culpabilidad y la inserción laboral (incluye fomento empleo agrario).
  • De duración determinada para personal docente e investigador de universidades.
  • De trabajadores del servicio del hogar familiar.
  • De personas con discapacidad.
  • De personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
  • De investigadores.
  • De Trabajadores penados en instituciones penitenciarias.
  • De menores y jóvenes en centros de menores.


Dolores Justo Mateo | Abogada de Legálitas


Referencias Legales:

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación en el mercado de trabajo.

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