¿Tiene que solicitarme permiso mi ex para poder viajar con la niña al extranjero?
16 Octubre 2015
En lo referente a autorizaciones para realizar viajes con los menores al extranjero, el Código civil no marca ninguna limitación pues se entiende que dentro del ámbito de la patria potestad se encuentra el deber de diligencia en el cuidado y responsabilidad de los progenitores con sus hijos. Ahora bien, en cada caso habrá que estar a lo que se haya establecido en la sentencia judicial de separación o divorcio, pues en ocasiones de restringe la posibilidad de viajar al extranjero sin autorización del otro progenitor, en este supuesto sería necesario comunicar la fecha prevista del viaje, lugar de destino y datos de contacto, así como formalizar la autorización de forma fehaciente, por medio de burofax que es lo más económico y habitual. Habrá de tenerse en cuenta de todos modos, tener al día los documentos de viaje ordinarios, que se supervisarán por la autoridad de Fronteras.
Respecto a los derechos y obligaciones con los hijos, no cambian por el hecho de residir en otro país, aunque evidentemente influye a la hora de ejercer el régimen de visitas y comunicaciones con ellos. En cualquier caso, si es necesario modificar las medidas acordadas inicialmente en el convenio regulador o establecidas en la sentencia judicial, habrá de acudir al procedimiento judicial de modificacion de medidas.
Referencia legal
- Artículo 90 y 91 del Código civil.