Sentencia contra la zona de bajas emisiones de Madrid: Restricciones y multas
19 Septiembre 2024
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó una sentencia el pasado 17 de septiembre por la que anulaba la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en todo el municipio de Madrid y las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) de “Distrito Centro” y “Plaza Elíptica”.
Explicamos qué normativa y restricciones se aplican a partir de ahora en estas zonas, si me pueden seguir multando si circulo por ellas con un coche sin etiqueta ambiental o si puedo recurrir una multa anterior a la sentencia por incumplir la normativa municipal.
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¿Se mantienen las restricciones en la ZBE?
Como la sentencia aun no es firme, las restricciones que recoge la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid se mantienen.
El Ayuntamiento tiene de plazo hasta el 23 de octubre para presentar un recurso ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, hasta que no haya una resolución firme, lo que puede demorarse varios años, 2 o 3 años como mínimo, la ordenanza se puede seguir aplicando.
¿Pueden seguir multando si entro con un coche sin etiqueta por la ZBE?
La sentencia deja mucho margen al Ayuntamiento de Madrid para tomar decisiones y, por lo tanto, puede continuar aplicando las restricciones en las zonas afectadas, denunciando a los usuarios e interponiendo multas.
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¿Puedo reclamar el importe de las multas impuestas con anterioridad por incumplir la normativa municipal?
El Ayuntamiento, seguramente, decida no devolver ningún importe de las multas puestas con anterioridad a la sentencia, lo que obligaría a los sancionados que las quieran recurrir a interponer una reclamación vía judicial.
Si el Ayuntamiento optase por acordar la devolución de todos los importes podría hacerlo. En ese caso, tendría que devolver tanto los correspondientes a los expedientes recurridos como las multas pagadas con bonificación.
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En conclusión, mientras el Ayuntamiento de Madrid no tome otras decisiones al respecto y mientras la sentencia no sea firme, la ordenanza de movilidad sostenible se podrá seguir aplicando, por lo que los conductores deberán seguir cumpliendo con la normativa.
De lo contrario, podrían ser denunciados y sancionados y, en caso de querer recurrir, tendrían que acudir a la vía judicial para defender sus derechos.
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