Reducción de la cuota de autónomos por conciliación de vida personal y familiar
21 Abril 2025

Llevar un negocio adelante y conciliar vida personal y familiar parece misión imposible. Pero existe una opción que nos ayuda a sobrellevarlo mejor: la bonificación por conciliación familiar en los autónomos.
En este artículo hablamos de esta ayuda tan importante a la que puedes acceder si eres autónomo y reúnes una serie de requisitos.
Cuota de autónomos y bonificaciones
Antes de meternos de lleno en el tema, resulta conveniente hacer una aproximación a los conceptos de cuota de autónomos y bonificaciones.
La cuota de autónomos consiste en la contribución mensual a la Seguridad Social, que garantiza la protección social del trabajador por cuenta propia. Las bonificaciones, por su parte, son reducciones en el importe de esta cuota, que se pueden aplicar si se cumplen ciertos requisitos.
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¿En qué consiste la bonificación en la cuota de autónomos por conciliación familiar?
La bonificación en la cuota de autónomos por conciliación familiar es una ayuda económica destinada a los trabajadores por cuenta propia que necesitan equilibrar su vida laboral con responsabilidades familiares, como el cuidado de hijos menores o familiares dependientes.
Esta bonificación consiste en una reducción del 100% en la cuota de autónomos por contingencias comunes durante un periodo de hasta 12 meses, siempre que el profesional contrate a un trabajador por cuenta ajena para poder seguir desarrollando su actividad mientras se ocupa de responsabilidades familiares. Y del 50% si la contratación es a tiempo parcial.
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Requisitos de la bonificación por conciliación familiar en los autónomos
Para acceder a esta bonificación es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante los 6 meses siguientes al vencimiento del plazo de disfrute de la prestación.
- Tener a cargo a alguna de las siguientes personas:
- Un menor de 12 años.
- Familiar por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado (incluido) que se encuentre en situación de dependencia acreditada.
- Familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado con discapacidad acreditada que requieran apoyo continuo.
- Contratar a un trabajador por cuenta ajena, ya sea a jornada completa o parcial, con una duración mínima de tres meses. En caso de contrato parcial, la jornada debe ser al menos del 50% de una jornada completa comparable.
- No haber tenido trabajadores asalariados en los últimos 12 meses, salvo en casos de sustitución por maternidad, paternidad o situaciones similares.
¿Cómo se calcula la bonificación?
El importe de la bonificación varía según la situación del trabajador autónomo. En este sentido, debemos diferenciar dos situaciones:
- Si lleva más de 12 meses de alta en el RETA y contrata a un trabajador a tiempo completo: podrá disfrutar de una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes durante 12 meses.
- Si lleva menos de 12 meses dado de alta: se calculará la bonificación teniendo en cuenta la media de las bases de cotización desde la última fecha de alta, y el resultado será el de multiplicar por 30 la cuantía que resulte de dividir la suma de las bases de cotización del último periodo de alta continuada entre el número de días de alta que correspondan a dicho periodo.
¿Se puede aplicar la bonificación si tienes a tu cargo más de un menor o familiar dependiente?
En caso de que el autónomo tenga más de un menor a cargo o familiares que generen derecho a esta bonificación, tendrá derecho a disfrutar de esta bonificación por cada uno de ellos.
¿Qué sucede con la bonificación por cuidado de menor cuando el menor alcanza la edad de 12 años?
Si el menor alcanza la edad de 12 años mientras el autónomo está disfrutando de la prestación, podrá mantenerla hasta alcanzar el periodo máximo de 12 meses de duración de esta.
Aunque, en este punto, debes tener en cuenta una apreciación: se deben cumplir todos los requisitos legales para acceder a esta bonificación.
¿Qué ocurre si un autónomo recibe la bonificación por conciliación familiar y luego deja de cumplir los requisitos para obtenerla?
Si un autónomo recibe la bonificación y luego incumple las condiciones necesarias para mantenerla, tendrá que devolver el dinero que se le ha bonificado. Sin embargo, hay algunas excepciones importantes:
- Situaciones en las que no hay que devolver la bonificación:
- Si el contrato del trabajador contratado para el cuidado del menor o familiar dependiente termina por causas ajenas a la voluntad del autónomo, como un despido objetivo o disciplinario procedente.
- Si el contrato finaliza por motivos inevitables como la dimisión, fallecimiento, jubilación o incapacidad del trabajador.
- Si el contrato se rompe durante el período de prueba.
- Devolución parcial:
- Si el incumplimiento solo afecta a una parte de la bonificación (por ejemplo, si se despide a uno de los trabajadores contratados), solo se tendrá que devolver la parte correspondiente a ese contrato.
- Periodo de contratación mínimo:
- Si el autónomo no mantiene al trabajador contratado durante al menos 3 meses desde que empezó a recibir la bonificación, tendrá que devolverla.
- Sin embargo, puede evitar la devolución si contrata a otro trabajador en un plazo máximo de 30 días.
Características de la bonificación de la cuota de autónomos por conciliación de vida personal y familiar
- La bonificación se aplica específicamente a la cuota que los autónomos pagan por contingencias comunes. Esto significa que no incluye las contingencias profesionales ni el cese de actividad.
- Esta bonificación puede combinarse con otras ayudas o incentivos a los que el autónomo tenga derecho.
- La bonificación se puede solicitar en cualquier momento del año, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Esto ofrece flexibilidad a los autónomos para acceder a la ayuda cuando la necesiten.
- El objetivo principal de esta ayuda es proporcionar un ahorro económico significativo a los autónomos, reduciendo sus gastos.