Quién paga qué en un piso de alquiler
04 Febrero 2015
Problemas con la instalación eléctrica de la vivienda, tuberías atascadas, grifos que pierden agua, calefacción que dejan de funcionar… Son algunos de los problemas más frecuentes que enfrenta, económicamente, a propietarios e inquilinos.
Como norma general, y como ya hemos señalado en otras ocasiones, corresponde al arrendador o propietario de la vivienda ejecutar las obras de reparación que se consideren necesarias y cuyo fin es conservar la vivienda alquilada.
Nos vamos a centrar ahora en descubrir si los ejemplos anteriormente señalados se consideran o no una reparación necesaria. En el caso de la instalación eléctrica, es responsabilidad del arrendador pagar las obras de reparación y mejora eléctrica de la vivienda.
Si es la calefacción la que ha dejado de funcionar o no funciona correctamente, es también obligación del propietario de la vivienda sufragar los gastos que deriven de su arreglo. Cuando el problema se encuentra en las tuberías, suele ser responsabilidad del arrendador su reparación salvo que el fontanero determine que esta avería se deriva de un mal uso por parte del inquilino, en cuyo caso deberá ser este quien pague la reparación.
Por otro lado, al inquilino le corresponderán aquellas pequeñas reparaciones que exija la vivienda por el desgaste en el uso diario (enchufes, cristales, cerradura, retoques de pintura…). Además, podrá hacer obras que sean urgentes para evitar un posible daño o una incomodidad grave. Eso sí, deberá avisar previamente al arrendador y pedirle luego el importe correspondiente.
Pero no solo debemos estar a quién paga las reparaciones en un piso de alquiler. Cuando decidimos dar el paso de arrendar una vivienda, hay ciertas consideraciones que debemos tener muy en cuenta para no llevarnos un susto en el futuro.
Lo más destacable en lo que debemos fijarnos es la duración mínima del contrato de alquiler; cómo se llevará a cabo la actualización de la renta; la futura adquisición de la vivienda arrendada o qué ocurre ante el impago de alguna renta. Para conocer todos los detalles y en qué nos debemos fijar a la hora de realizar la firma del contrato de alquiler pulsa aquí.
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