¿Quién Paga las Obras en un Piso de Alquiler?
12 Febrero 2014
¿Quién asume el coste de las reparaciones en viviendas alquiladas?
El pago del coste que supone la realización de obras en un piso alquilado es una de las dudas más frecuentes generadas entre los clientes de Legálitas. Con carácter general, conviene señalar que corresponde al arrendador la obligación de ejecutar las obras de reparación necesarias a fin de conservar la vivienda alquilada en estado de servir para el uso convenido.
Según esto, puede surgir la duda entre propietarios e inquilinos de qué se considera una reparación necesaria. Pues bien, las reparaciones necesarias son aquellas indispensables para mantener la vivienda, así como las impuestas por la autoridad competente, habiéndose declarado en la jurisprudencia que esta obligación alcanza a realizar las reparaciones necesarias durante el arrendamiento, reparaciones ocasionadas por el desgaste o uso normal de los elementos del inmueble y sus instalaciones, pero no reconstruir o reedificar.
Las reparaciones necesarias son aquellas que hacen referencia tanto a las obras u operaciones encaminadas a la restauración de los deterioros o menoscabos sufridos en la vivienda o local arrendado y en sus instalaciones, referente a la conservación de los mismos, es decir, aquellas que deben realizarse ineludiblemente y no aumentan el valor ni la productividad del inmueble arrendado.
En definitiva, el concepto de reparación necesaria hace referencia a aquel gasto u obra sin la cual quedaría la finca arrendada inservible para su uso, por no reunir las condiciones de habitabilidad necesarias que le hagan idóneo para su uso, por ejemplo, carecer de instalación de fontanería o electricidad adecuada, del agua caliente o caldera de calefacción, goteras permanentes, e incluso llegaría a destruirse si no se realizan las obras.
Esta obligación del arrendador está condicionada por la establecida a cargo del arrendatario de poner en conocimiento del dueño en el plazo más breve posible la necesidad de realizar las reparaciones.
Autorización del propietario para la realización de obras
Puede darse el caso que sea el arrendatario quien quiere hacer las obras, para ello, la Ley de Arrendamientos Urbanos, establece que el arrendatario necesitará autorización escrita y expresa del arrendador para la realización de obras que modifiquen la configuración de la vivienda alquilada y sus accesorios, o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad de la misma.
El problema se plantea, en la práctica, a la hora de determinar cuándo una obra modifica la configuración o qué provoca una disminución en la estabilidad o seguridad, pues se trata de conceptos indeterminados y sobre los que en muchos casos se plantean numerosas dudas, sin que sea posible dar una solución concisa sin la intervención de un perito, para que en cada caso se pueda adoptar la solución adecuada.