¿Por qué es importante hacer testamento?
29 Marzo 2023
Hacer testamento no solo es importante cuando lo que queremos es designar a nuestros herederos (dentro de los márgenes dispuestos en la legislación) o si lo que queremos es distribuir nuestros bienes de una forma concreta, sino también es importante para facilitar el camino a la aceptación de la herencia a nuestros herederos, ya que, de lo contrario, se verían obligados a realizar más gestiones.
Cualquier duda sobre herencias y testamentos, puedes consultar nuestra guía 2023.
¿En qué situaciones es necesario?
Cuando queremos dejar un bien concreto a alguien, cuando tenemos intención de desheredar, cuando queremos mejorar a un heredero y sobre todo cuando la intención es incrementar los derechos del cónyuge superviviente.
¿Cómo se hace un testamento?
Hacer un testamento es un trámite relativamente sencillo, la mejor forma de hacer testamento es acudir a un notario para otorgarlo ante él. Es la forma de asegurarse que el testamento va a ser conocido a su fallecimiento, porque el notario informa al Ministerio de Justicia de que usted ha hecho testamento.
¿Se puede modificar un testamento?
Se pueden hacer tanto testamento como deseemos. Cada nueva modificación revocará a la anterior y prevalecerá sobre el anterior cambio realizado.
¿Qué sucede si no hago testamento?
Cuando una persona fallece sin testamento, sus herederos son los familiares que determina la ley, por ejemplo, si tiene hijos, lo serán los hijos.
Para dejar constancia de ese título sucesorio hay que realizar un expediente que se conoce como declaración de herederos. Si los herederos son los descendientes o ascendientes lo deberán tramitar ante un notario. Si estamos hablando de colaterales, por ejemplo, hermanos, sobrinos o primos, antes de la reforma se debía tramitar ante los Juzgados de 1ª Instancia, pero tras la misma también se hace ya ante notario.
¿Cuál es el plazo para la realización de la Declaración de Herederos?
En principio, no hay plazo para hacer la declaración de herederos. Sí existe un plazo de seis meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones. Si no hubiera testamento, sí será necesario tramitar la declaración de herederos con carácter previo a liquidar el Impuesto.
La declaración de herederos se tramita ante notario y hay que acreditar el parentesco de los que la ley determina como herederos, para ello es necesaria toda la documentación que así lo determine, como son los certificados de nacimiento, así como la declaración de dos testigos.
Reparto de la herencia con testamento y sin testamento
Si existe testamento prevalecerá lo que se indica en dicho testamento. Por lo que se debe respetar la voluntad del testador para llevar a cabo el reparto de la herencia siempre que se respeten los derechos mínimos de los herederos forzosos, esto es, la legítima. Se trata de una parte de los bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, denominados, herederos forzosos.
Por tanto, cuando existe testamento, este indicará de qué manera se van a repartir los bienes de la herencia, y a quién.
Si no existe testamento, una vez configurado el caudal hereditario, se repartirá a partes iguales entre los herederos legales.
Cristina del Puerto | Abogada de Legálitas
Referencia legal: