Novedades en la declaración de la renta 2025

24 Marzo 2025

FacebookwhatsappXLinkedInEmail
Novedades en la declaración de la renta 2025

Plazos para realizar la declaración de la renta

La declaración de la renta se puede presentar desde el 02 de abril hasta el 30 de junio de 2025. Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo finaliza el 25 de junio de 2025.

Nueva herramienta de consultas

Este año, Hacienda ha puesto a disposición de todos los ciudadanos un Asistente virtual de Renta al que se podrá formular preguntas sobre este impuesto: las más habituales de campaña de renta, que se responderán de forma personalizada.

Además, si necesitas más información podrás acceder al Informador de Renta que te permitirá seleccionar entre distintas opciones hasta llegar a la respuesta que buscas, o bien al chat atendido por especialistas de la Administración Digital Integral.
 

¿Es este tu caso?

Consulta sin cita previa a un abogado experto en declaración de la renta.

Infórmate ahora

Nuevo límite para estar obligado a hacer la declaración de la renta

Con efectos 1 de enero 2024, se eleva el límite que excluye de la obligación de declarar para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo de 15.000 a 15.876 euros en los siguientes supuestos:

  • Cuando procedan de más de un pagador salvo las excepciones señaladas en el artículo 96.3 de la Ley del IRPF.
  • Cuando perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Para el resto de los contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo, el límite para declarar por la percepción de estos rendimientos se mantiene en 22.000 euros anuales.

Las personas que reciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV) también están obligados a presentar la declaración. Por el contrario, los beneficiarios de la prestación por desempleo no tendrán que hacerla si no llegan al mínimo. 

 

Nuevas reducciones en el alquiler

Reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda habitual

Con efectos desde 1 de enero de 2024, a los contratos suscritos desde el 26 de mayo de 2023 se les aplica estos nuevos porcentajes de reducción:

  • Reducción del 90% en el caso de que se hayan firmado nuevos contratos de arrendamiento de viviendas en zonas de mercado residencial tensionado con una bajada del precio de al menos un 5% sobre el contrato anterior.
  • Reducción del 70% cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: que se trate de la incorporación al mercado de viviendas destinadas al alquiler en zonas de mercado residencial tensionado y se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años en dichas áreas, o bien, se trate de vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la administración pública o entidades del tercer sector o de la economía social que tengan la condición de entidades sin fines lucrativos, o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.
  • Reducción del 60% sobre el rendimiento neto cuando, no procediendo ninguna de las anteriores, se hubiesen realizado obras de rehabilitación en los dos años anteriores a la fecha del contrato
  • Reducción del 50% para el resto de los propietarios que arrenden viviendas destinados a ser vivienda habitual de un inquilino.

No obstante, para contratos anteriores a esa fecha se introduce una disposición transitoria trigésima octava que mantiene para estos la reducción del 60% prevista en la redacción vigente a 31 de diciembre de 2021.

 

Ampliación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas

Con efectos desde el 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF para ampliar el ámbito de aplicación temporal de las deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética por un año más.

Por lo tanto, aquellos que hayan realizado obras en su casa para mejorar su eficiencia pueden beneficiarse de una de estar tres deducciones:

  • Deducción del 20% por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración.
  • Deducción del 40% por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable.
  • Deducción del 60% por obras de rehabilitación energética de edificios.

Las deducciones son incompatibles entre sí respecto de la misma obra, por lo que solo se podrá optar a una. 

¿Es este tu caso y tienes dudas sobre cómo hacer la declaración? Consulta con un abogado experto en fiscal para que te ayude.  

 

Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga

Continúan siendo aplicables las dos nuevas deducciones que establece la disposición adicional quincuagésima octava en la Ley del IRPF, que son:

  • Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible nuevos. 

    Los contribuyentes pueden deducirse un 15% del valor de adquisición de un coche eléctrico, hasta un máximo de 3.000 euros, si no está destinado a actividades económicas. Los contribuyentes podrán aplicar esta deducción por la compra de un único vehículo. 

    La base de la deducción será el valor de adquisición del vehículo, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición. En todo caso, la base de deducción no podrá exceder de 20.000 euros.

  • Deducción para la instalación de puntos de recarga de baterías para dichos vehículos eléctricos.

    Es posible desgravarse un 15% de los gastos de instalación de los puntos de recarga de vehículos eléctricos.

¿Has confirmado tu borrador de la declaración de la renta y tenía errores? Conoce cómo subsanarlos antes de que Hacienda lo detecte.

 

Ventas de segunda mano

Recordamos que Hacienda introduce este año que se deben declarar las ventas en plataformas de segunda mano (Wallapop, Vinted o eBay, entre otras) si superas los 2.000 euros anuales o realizas más de 30 operaciones en el mismo año. Si superas alguno de los dos límites, tendrás que incluir esas ganancias en tu declaración.

 

Nuevas rentas exentas: ayudas a la DANA

Las cantidades satisfechas entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 con carácter extraordinario por los empresarios a sus empleados y/o familiares que vayan destinadas a sufragar los daños personales y daños materiales en vivienda, enseres y vehículos que hayan sufrido los empleados y/o sus familiares con ocasión de la DANA que tuvo lugar en 2024, igualmente las ayudas percibidas tanto para la reparación de los daños sufridos en elementos patrimoniales como para compensar el desalojo temporal o definitivo de la vivienda habitual del contribuyente o del local en el que el titular de la actividad económica ejerciera la misma como consecuencia de los daños causados por la DANA. 

Asimismo, están exentas las ayudas directas a empresarios y profesionales especialmente afectados por la DANA concedidas en virtud del artículo 11 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre (BOE del 6 de noviembre) en los municipios contenidos en el Anexo del citado Real Decreto-Ley. 

Estas son las principales consecuencias de intentar engañar a Hacienda y las sanciones económicas que acarrea.

 

Nuevo sistema para rectificar o hacer una declaración complementaria

Se han introducido cambios en el modelo de la declaración de la renta que implican tanto la incorporación de nuevas casillas como la adición de nuevos apartados, que son:

  • El apartado denominado "Autoliquidación rectificativa", al que se incorporan las casillas necesarias para identificar la autoliquidación rectificativa, así como, en su caso, las causas que la motivan.
  • En el apartado M de la declaración relativo al "Cálculo del impuesto y resultado de la declaración", se introduce una nueva casilla cuyo importe se tendrá en cuenta en el cálculo del resultado de la declaración, con objeto de permitir las modificaciones que vengan motivadas por una discrepancia de criterio administrativo y para las que no exista una casilla específica en el modelo.
  • Por último, en el documento de ingreso y devolución, se crea una nueva casilla para diferenciar en los casos de devolución, las que derivan de la aplicación de la normativa del impuesto, de aquellas que puedan corresponder a una solicitud de ingresos indebidos.



Bizum: nuevo sistema de pago

Este se permiten dos nuevas formas de pago: mediante transferencias instantáneas efectuadas a través de Bizum y mediante tarjeta de crédito o débito, en condiciones de comercio electrónico seguro. 

Si quieres hacer la declaración de la renta y quieres que te ayudemos, consulta con nuestros abogados expertos en fiscal.  

Referencia legal:

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
 

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

COMENTARIOS

HTML Restringido

  • Etiquetas HTML permitidas: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
  • Las direcciones de correos electrónicos y páginas web se convierten en enlaces automáticamente.

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes