Mentir en el currículum: ¿cuáles son las consecuencias legales?

23 Enero 2025

Por Abogados Legálitas Conócenos

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Mentir en el currículum: ¿cuáles son las consecuencias legales?

Todos hemos oído alguna vez que, para conseguir el empleo deseado, es necesario “maquillar” el currículum y exagerar nuestros logros en la entrevista personal. Son populares los consejos de aumentar falsamente nuestros conocimientos, aparentando tener un nivel “intermedio” de algún idioma, aunque en realidad no llegue a un nivel básico, o inflando nuestras aptitudes o incluso años de experiencia laboral.

¿Es legal esta práctica? ¿Has llegado a pensar en qué pasaría si mientes en el currículum y te pillan? Explicamos los diferentes delitos que se podrían cometer al aparentar algo falso en un proceso de selección y las multas que conllevan.

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¿Supone un delito mentir en el currículum?

Mentir en el currículum puede suponer un delito, siempre y cuando se entienda que esta mentira fue hecha para “perjudicar a otro”. El artículo 395 del Código Penal castiga con prisión de seis meses a dos años al que, “para perjudicar a otro”, cometa en documento privado alguna falsedad alterando un documento en alguno de sus requisitos esenciales, simule un documento en todo o en parte de manera que induzca a error sobre su autenticidad, haga suponer en un acto la intervención de personas que no han estado o atribuya a las que sí lo han hecho declaraciones o manifestaciones diferentes a las que realmente hubieran hecho.

Por lo tanto, si hago creer que tengo una experiencia o unas capacidades que realmente no tengo, estoy engañando al empresario que me contrata al recibir un dinero por prestar unos servicios para los que realmente no estoy cualificado, y por lo tanto, en función de las circunstancias que concurran, podría ser demandado por los daños y perjuicios que haya causado con mi acción, ser denunciado penalmente por estafa o por un delito de intrusismo profesional si ejerzo actos propios de una profesión sin tener el correspondiente título académico u oficial.

Penas por falsificar una nómina para alquilar un piso.

 

Si el empresario se entera a posteriori de que he falsificado el curriculum: ¿me puede denunciar o echar del trabajo?

La falsificación de un documento privado requiere como requisito legal poder demostrar que estamos actuando con voluntad y siendo conscientes de querer perjudicar a otro. 

Será el juez quien valore si en el curriculum tan sólo se está faltando a la verdad o por el contrario se está simulando un documento o alterando algún elemento esencial, porque la sola mentira no basta para cometer el delito.

Si el empresario o cualquier persona descubre la comisión de un delito público, pueden denunciar los hechos ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o en el juzgado de instrucción de guardia del lugar de los hechos, pues al ser un delito público es denunciable por cualquiera que tenga noticia del hecho.

Al transgredir la buena fe al actuar contra los principios de lealtad, integridad y mutua confianza en el cumplimiento de las obligaciones laborales, se puede justificar un despido disciplinario por quebrar la buena fe laboral, al suponer una actitud desleal que puede llevar al despido, según se establece en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

No obstante, habría que revisar el caso concreto. Por ejemplo, si se contrató a un trabajador por una experiencia que resultó ser falsa, pero demuestra a lo largo del tiempo estar cualificado para realizar las tareas de su contrato superando el periodo de prueba, esa mentira no sería causa de despido.

Tipos de despidos, procedimientos, derechos y más.

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¿Qué ocurre en el caso de falsificar un título?

En el caso de querer aparentar más cualificaciones de las que realmente tenemos, más de uno habrá pretendido incluso falsificar el título de experto de algún curso o incluso de la universidad a pesar de no haber terminado la carrera. Falsificar documentos está castigado penalmente como delito de falsedad en documento oficial, como indica el artículo 392 del Código Penal, con penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

Si aportamos el documento privado falso ante una entidad pública, como puede ser en el caso de querer optar a algunos empleos, estaremos cometiendo un delito de falsedad en documento oficial. Si lo que hacemos es confeccionar un documento público falso o una certificación falsa, cometeremos falsedad en documento público si estamos falseando un documento notarial o judicial.

Si el documento falso lo aportamos en un proceso judicial, estaremos cometiendo un delito de estafa procesal, del artículo 250 de Código Penal, que castiga con prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses al que en un proceso judicial de cualquier clase manipule las pruebas en las que pretenda fundar sus alegaciones, provocando error en el juez o tribunal para que acabe dictando una resolución que perjudique los intereses económicos de la parte contraria o de un tercero.

En el caso de los documentos públicos, cuando el autor de la falsificación es una autoridad o un funcionario público, la pena aumenta aún más, pudiendo suponer hasta seis años de prisión.

Falsedad documental: Qué es, tipos, delitos y sanciones.
 

¿Y si se ayuda a un amigo a falsificar el currículum?

Si una persona ayuda a otra a falsificar documentos oficiales, a modificar el currículum, a añadir información falsa en sus perfiles de empleo, etc., se da lo que se conoce como cooperación necesaria, en cuyo caso, la pena para el “coautor” será la misma que para el autor.

Por supuesto, es legal “venderse bien” y presentar nuestros logros, capacidades y experiencia de forma atractiva e interesante, pero no vale la pena entrar en engaños, ni mucho menos falsificar documentos ni pretender haber terminado una formación de la que no conseguimos el título.
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Referencias legales:
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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