Maltrato en residencias de ancianos: penas de prisión de hasta cinco años

24 Agosto 2020

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Maltrato en residencias de ancianos: penas de prisión de hasta cinco años

Una infeliz circunstancia que, por desgracia, ha acabado siendo noticia en los medios a lo largo de los años es la del maltrato a personas de la tercera edad en residencias de ancianos o en sus casas, con frecuencia, por parte de trabajadores del centro geriátrico, cuidadores o familiares del anciano.

Aunque, en ocasiones, este maltrato nunca llegue a conocerse, en otras, por fortuna para la víctima y para sus seres queridos, se ha logrado captar esta violencia en vídeo o incluso son los mismos atacantes los que se graban, mostrando escalofriantes imágenes de un insólito trato vejatorio a estas personas, con frecuencia, indefensas ante los ataques, violencia, insultos y burlas de una o varias personas.

¿Qué consecuencias legales tienen las personas que cometen el maltrato? ¿Hay sanciones o penas de cárcel para los atacantes? Desde Legálitas, a continuación, resolvemos las principales dudas al respecto, detallando los efectos legales del maltrato en residencias de ancianos y otras ocasiones en las que personas de avanzada edad son víctimas de agresiones físicas y psicológicas.

En primer lugar, debemos fijarnos en nuestro Código Penal, que castiga a todo el que cause lesiones a otra persona con consecuencias que van desde sanciones y multas hasta penas de cárcel de varios años, según las circunstancias y las heridas que se causen a la víctima.


Hasta cinco años de cárcel por causar lesiones a un anciano

La pena de tres meses a tres años de prisión puede darse por causar a otra persona una lesión que menoscabara su integridad corporal o su salud física o mental, siempre que la lesión requiera para su sanidad tratamiento médico o quirúrgico, lo cual, sin lugar a duda, puede ser el caso de muchos ejemplos de maltrato a personas mayores en residencias geriátricas o incluso en sus domicilios.

Además de lo anterior, existen circunstancias que pueden aumentar la severidad de las consecuencias legales del maltrato y que pueden desembocar en la pena de prisión de hasta cinco años. Estas son, por ejemplo, si en la agresión se han utilizado armas y otros instrumentos o métodos, métodos concretamente peligrosos para la vida o la salud física o psíquica de la persona, si hubiera ensañamiento o si la víctima fuera una persona con discapacidad necesitada de especial protección.

Esta última característica es especialmente mencionable en el caso de algunos ancianos que, por desgracia, precisamente por sufrir algún tipo de discapacidad, como puede ser alzhéimer o demencia senil, pueden ser el blanco de un maltratador, quien es consciente de la indefensión y aislamiento social de su víctima.

Además, otro motivo para una pena de cárcel de dos a cinco años puede ser si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, lo cual podría darse cuando el maltrato a un anciano o anciana vulnerable proviniera de un cuidador que residiera con esta persona en su domicilio, o bien un familiar.


¿Qué consecuencias tienen los insultos y agresiones verbales?

Recordemos que el delito de injurias se define como “la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación", que es posible que se diera, por ejemplo, cuando una o varias personas maltratan psicológicamente a una persona de la tercera edad. 

Es importante destacar que, tras la reforma del Código Penal de 2015, las injurias leves dejan de estar tipificadas en su mayoría, salvo las ofensas a la autoridad o entre familiares directos, si bien aquellas consideradas como graves sí están penalizadas. En concreto, se castiga con una multa a los que injurien gravemente, y siempre que estas injurias estén realizadas con publicidad, lo cual ocurre cuando se propagan por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia similar. Este podría ser el caso de una grave injuria a una persona anciana que fuera grabada en vídeo por el mismo autor de las agresiones, y difundida por sus redes sociales.

Asimismo, por ejemplo, si un cuidador o personal de una residencia geriátrica gritara a un anciano o grabara en vídeo las agresiones verbales, dependiendo de la gravedad, podría considerarse desde un delito leve de maltrato de obra castigado con una pena de multa hasta una injuria, castigada asimismo con una multa.

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