Julián recupera 2.300 euros tras un embargo indebido de la cuenta corriente por parte de la Administración Pública

09 Marzo 2023

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Julián recupera 2.300 euros tras un embargo indebido de la cuenta corriente por parte de la Administración Pública

Las administraciones públicas en ocasiones proceden al embargo de la cuenta corriente de aquellas personas que tienen una deuda pendiente con ellas. Esto provoca que las consultas sobre el embargo del sueldo, de una prestación o de las cuentas corrientes, sean muy habituales entre los abogados de Legálitas.

Un ejemplo de ello es el caso de nuestro cliente Julián*, que se puso en contacto con Legálitas porque la Tesorería General de la Seguridad Social le había embargado el dinero que tenía en su cuenta bancaria, un total de 2.300 euros, a pesar de que únicamente contaba con los ingresos de una prestación no contributiva.

Nuestro abogado, Sergio Herrero, estudió el caso, asesoró a Julián y elaboró un escrito a la Tesorería solicitando la devolución de las cantidades embargadas argumentando que no se habían respetado los límites que establece el artículo 607 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, que indica que “es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional”. Es decir, que no se puede embargar aquellos ingresos que estén por debajo del salario mínimo interprofesional.

Se argumentó que, independientemente del dinero que exista en la cuenta bancaria, si el dinero que entra en esa cuenta es solo fruto de ingresos que son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, el saldo de la cuenta es inembargable, aunque la persona haya acumulado una cierta cantidad a lo largo del tiempo.

En base a ello, nuestro cliente presentó el escrito adjuntado los movimientos de la cuenta corriente donde se acreditaba que el importe de los ingresos percibidos cada mes estaba por debajo del Salario Mínimo Interprofesional.

La Tesorería General de la Seguridad Social consideró que el embargo era indebido devolviendo así a Julián los 2.300 euros. Nuestro cliente nos ha trasladado su agradecimiento a todo el equipo de Legalitas y, especialmente, a Sergio Herrero por el asesoramiento recibido.

En este artículo explicamos más en detalle cuándo pueden embargarte la cuenta bancaria y si hay un mínimo y máximo de dinero que se pueden embargar.

Aunque si estás viviendo una situación similar a la de Julián y tienes dudas sobre cómo proceder, nuestros abogados de Legalitas te asesorarán durante todo el proceso ayudándote a resolver el problema.

 

*El nombre de nuestro cliente ha sido cambiado para proteger su identidad. 

#LegálitasCasosReales

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