Aspectos fiscales que deben revisar autónomos y pymes antes de final de año
30 Agosto 2024
Repasamos algunas de las materias que tanto autónomos como pymes deben tener en cuenta y revisar antes de que finalice el año para conocer a qué deducciones pueden acogerse y rebajar su factura fiscal.
Planes de pensiones
La Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2023 introdujo nuevos límites máximos en la deducción de los planes de pensiones individuales y de empleo que continúan vigentes en 2024.
El límite de aportación a planes de pensiones se sitúa en 1.500 euros anuales. Por lo tanto, podrás desgravarte en la renta las aportaciones realizadas, siendo el máximo a desgravar la menor de estas cantidades: 1.500 euros o el 30% del rendimiento neto de tu trabajo y otras actividades económicas.
Si bien, hay un límite adicional en el caso de los trabajadores autónomos que se adhieran a un plan de empleo simplificados para autónomos que es de 4.250 euros, por lo que su máximo de aportación anual asciende a 5.750 euros en total.
Además, las contribuciones que realicen las empresas empleadoras a favor de sus trabajadores son reducibles en la base imponible de su Impuesto de Sociedades.
Y, adicionalmente, desde 1 de enero de 2023, se aplica a las empresas una nueva deducción en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades. Esta deducción asciende al 10% de las contribuciones empresariales imputadas a favor de los trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros, realizadas a planes de pensiones de empleo o a otros instrumentos de previsión social empresarial alternativos (Planes de Previsión Social Empresarial o Mutualidades).
Cuando se trate de trabajadores con retribuciones brutas anuales superiores a 27.000 euros, la deducción se aplicará sobre la parte proporcional de las contribuciones empresariales que correspondan a esos primeros 27.000 euros de salario.
Novedades y cambios en la cuota de autónomos 2024.
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Deducciones para pymes y autónomos reguladas en la Ley del Impuesto de Sociedades
Estas deducciones están reguladas en el capitulo IV de la ley y son deducciones relativas a la inversión en determinadas actividades (de investigación y desarrollo e invocación tecnológica, producciones cinematográficas y audiovisuales), deducciones por creación de empleo y por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.
Amortización acelerada
Las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, de potencia normal o de alta, que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2023, 2024 y 2025, podrán amortizarse en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.
Se exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Aportación de la documentación técnica preceptiva
- Obtención del certificado de instalación eléctrica diligenciado por la Comunidad Autónoma competente.
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Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables
Se prórroga para 2024 la posibilidad de amortizar libremente las inversiones que se efectúen en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio, siempre que utilicen energía procedente de fuentes renovables y sustituyan instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables fósiles.
La entrada en funcionamiento de las nuevas instalaciones deberá producirse en el año 2024. En tal supuesto, las nuevas inversiones podrán ser amortizadas libremente en los períodos impositivos que se inicien o concluyan en 2024.
En todo caso, la aplicación de la libertad de amortización estará condicionada a que durante los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores.
La cuantía máxima de la inversión que podrá beneficiarse del régimen de libertad de amortización será de 500.000 euros.
Conoce tus obligaciones fiscales como autónomo en este artículo.
Recordatorios y consejos fiscales antes de fin de año
- Los autónomos que tributen en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido deben tener en cuenta que el último periodo del ejercicio se regulariza la cuota anual del impuesto y, para ello, es necesario tener recopiladas y debidamente contabilizadas todas las facturas para determinar el IVA soportado durante todo el ejercicio y hacer el ajuste.
- Ajustar las amortizaciones fiscales antes del cierre del ejercicio.
- Comprobar si cumplimos los requisitos para aplicar la deducciones y reducciones anteriores.
- Si después de todos los ajustes, nuestro beneficio está “disparado” valorar la posibilidad de realizar algún tipo de inversión necesaria en nuestro negocio, siempre teniendo en cuenta que hay determinadas inversiones que podemos amortizar de forma acelerada.
¿Cómo afrontar una inspección de Hacienda?
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Referencias legales:
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Ley 4/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2024.