¿Qué Hay que Saber sobre los Servicios Hoteleros?

08 Marzo 2013

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¿Qué Hay que Saber sobre los Servicios Hoteleros?

¿Los hoteles deben disponer de tabla de precios? ¿Deben entregar algún documento a la llegada al hotel una vez firmado el contrato de hospedaje? ¿Es vinculante para los hoteles la publicidad que puedan hacer en radio, televisión o internet?

A continuación informaremos sobre qué se debe saber acerca de la prestación de los servicios hoteleros, así como la información y documentación que estos deben ofrecer a sus clientes. El usuario de los servicios hoteleros tiene derecho a la debida información y documentación, que se concreta en:

  • Previa a la reserva, se facilitará información útil, precisa y veraz acerca del servicio ofertado. La publicidad también es vinculante para el establecimiento de forma que puede hacerla valer como parte del contrato.
  • Se exhibirá en la entrada principal del alojamiento la placa con la categoría hotelera correspondiente.
  • En caso de que el establecimiento tenga otorgada la “Etiqueta  Ecológica” lo exhibirá con la correspondiente placa, informando a los clientes sobre la misma, su política ambiental y seguridad, invitándolos a contribuir a su puesta en práctica.
  • La tabla de precios será facilitada, tanto previamente a formalizar la reserva, como durante el disfrute de la estancia, debiendo exponerse al público en lugar tanto el precio de alojamiento y comedor, como el de otros servicios disponibles como minibar, garaje, lavandería, peluquería, gimnasio, llamadas telefónicas … El precio en todo caso será el precio final, es decir, impuestos incluidos.
  • De igual modo, se facilitará información relativa a los horarios en lugar visible.
  • La existencia de Hoja de Reclamaciones que queda a disposición de los usuarios en caso de quejas o reclamaciones, debe estar anunciada mediante los carteles normalizados correspondientes en lugar visible.
  • El cliente tiene derecho a la entrega de la documentación relativa al contrato de hospedaje. Las condiciones generales del contrato hotelero deben estar redactadas de forma concreta, clara y sencilla respetando la igualdad y justo equilibrio entre las partes contratantes (alojamiento y cliente). En caso de duda sobre el sentido de una cláusula prevalecerá la interpretación más favorable al cliente.

Por lo demás, se consideran cláusulas abusivas y por tanto susceptibles de ser declaradas nulas por un tribunal aquellas condiciones que no cumplan estas exigencias.

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