Contratación de trabajadores con discapacidad: principales claves
07 Febrero 2020
Existe un gran número de incentivos para la contratación de trabajadores con discapacidad y, dependiendo de las circunstancias y de cada caso concreto, podrán ser bonificaciones hasta el 100% de las cuotas empresariales de la Seguridad Social.
Asimismo, pueden ser subvenciones por contratación indefinida, como también la existencia de subvenciones para la adaptación de los puestos de trabajo, con el fin de eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los trabajadores con discapacidad.
Nuestro ordenamiento laboral garantiza que personas con discapacidad puedan integrarse en todo tipo de empresas en igualdad de condiciones siempre que el puesto sea compatible con su discapacidad, y obliga al empresario a tomar, entre otras, medidas adecuadas para la adaptación del puesto de trabajo y de accesibilidad a la empresa y de reserva del puesto de trabajo para este colectivo.
Las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores están obligadas a que entre ellos el 2% sean trabajadores con discapacidad. Además, el gobierno otorga subvenciones, desgravaciones y otras medidas para fomentar el empleo de grupos específicos de trabajadores que encuentran dificultades especiales para acceder al empleo como consecuencia de su discapacidad.
Contratos de trabajo indefinido
Son medidas que se orientan prioritariamente a fomentar el empleo estable de los trabajadores desempleados y la conversión de contratos temporales en contratos por tiempo indefinido.
A modo de ejemplo, en contratación indefinida, actualmente, entre las subvenciones estatales que existen de las cuotas empresariales de la seguridad social para la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad igual o superior al 33% con jornada completa, estas pueden ir desde los 4.500 euros al año a 5.700 euros al año, en función de la edad y el sexo del trabajador y durante toda la vigencia del contrato laboral.
Para la contratación indefinida de colectivos que tienen una discapacidad severa, existen bonificaciones estatales específicas en las cuotas empresariales de la Seguridad Social para contratar personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual que tengan una discapacidad igual o superior al 33%, o que tengan una discapacidad física o sensorial con discapacidad igual o superior al 65%. A modo de ejemplo, actualmente, pueden ir de 5.100 a 6.300 euros, en función de la edad y el sexo del trabajador, durante toda la vigencia del contrato laboral.
Contratos de trabajo temporal de fomento de empleo para personas con discapacidad
No obstante, existen también bonificaciones para los contratos temporales, a tiempo completo, que se celebren con trabajadores con discapacidad que se encuentren desempleados inscritos en la oficina de empleo, con un grado igual o superior al 33%, o a pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o a pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
A modo de ejemplo, actualmente las bonificaciones existentes para trabajadores con contratos temporales que cumplan los requisitos mencionados por su discapacidad pueden oscilar con carácter general entre 3.500 euros a 4.700 euros anuales y durante toda la vigencia del contrato, dependiendo de la edad y del sexo.
Por contratación de personas con discapacidad severa, la bonificación puede ser de entre 4.100 euros a 5.300 euros anuales, dependiendo de la edad y del sexo, y durante toda la vigencia del contrato.
Esperamos haberte ayudado. Si tienes alguna duda sobre trabajo, nuestros abogados expertos en Derecho Laboral estarán encantados de asesorarte.