Cómo y dónde registrar una marca

10 Julio 2023

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Cómo y dónde registrar una marca

Al lanzar un producto o un servicio al mercado, registrar la marca o el nombre comercial es un paso fundamental para el desarrollo de negocio. Sigue leyendo, ¡nuestro equipo de expertos te explica cómo!

Beneficios del registro de marcas

Registrar una marca o nombre comercial no es obligatorio, aunque es muy recomendable hacerlo.

Ambos conceptos están regulados en la Ley de Marcas. La principal diferencia es que las marcas distinguen productos o servicios y los nombres comerciales diferencian actividades empresariales.

La protección que otorga la ley es justo la misma: el titular de un nombre comercial registrado tiene exactamente los mismos derechos que el titular de una marca registrada.

No obstante, para distinguir los productos puede ser más fácil hacerlo con una marca registrada que con un nombre comercial (dado que no todos los países contemplan en su normativa los nombres comerciales) y que las marcas pueden registrarse para distinguir servicios muy amplios (actividades empresariales).

El propietario de una marca registrada tiene un derecho exclusivo para usar ese signo (palabra, logotipo, combinación de ambos, etc.) en relación con los productos y servicios registrados y en el territorio donde lo haya hecho. Por otro lado, tiene un derecho excluyente, ya que puede prohibir que cualquiera utilice ese signo (u otro similar con el que pueda causar confusión) para productos o servicios iguales o semejantes.

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¿Qué ocurre si no registro la marca?

Si se están vendiendo productos u ofreciendo servicios en el mercado sin tener la marca registrada es posible a que otra persona con una marca registrada idéntica o parecida pueda prohibir que se use. La persona puede incluso exigir una indemnización económica por el uso que se haya hecho de la marca en los últimos 5 años si la marca lleva al menos ese tiempo registrada.

Según la Ley de Marcas, la cuantía mínima de esa indemnización es siempre del 1% de tu cifra de negocio (facturación) y la cuantía máxima puede ascender hasta el beneficio total (ingresos menos gastos) obtenidos en los últimos 5 años.

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Procedimiento para el registro de una marca

Para poder tener esos derechos sobre la marca hay que registrarla ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Los trámites se pueden realizar por vía telemática con certificado digital o con una firma electrónica o de forma presencial llevando la solicitud y el justificante de pago.

Los pasos a seguir son:

  1. Constatar que la marca con la que se pretende operar es registrable y no infringe derechos de marca de otros competidores. Para ello, se deben hacer búsquedas exhaustivas en las bases de datos de registro de forma que se pueda comprobar que no existen marcas ya registradas o solicitadas similares para productos o servicios parecidos. Además, en las búsquedas hay que tener en cuenta no solamente marcas españolas sino, también, marcas europeas (que tienen efectos en España) y marcas internacionales. Se puede entrar en la página web de la Oficina Española de Marcas y Patentes (OEPM) e ir a la base de datos para ver la disponibilidad. Desde allí hay que ir a “marcas y nombres comerciales” y, a continuación, clicar en “localizador de marcas” y buscar por denominación. Si se emplea algún signo éste debe estar disponible, al igual que el nombre de la marca. Hay que intentar no solicitar inscribir marcas o logos similares al de otras empresas para que haya una rápida aceptación.
  2. Una vez escogida la marca y constatado que no hay riesgo aparente de infringir marcas de terceros, se procede con la solicitud de registro. No concederán una marca idéntica pero tampoco similar que pueda llevar a confusión o aprovechar la reputación ajena. También se exige darle a la marca seleccionada el uso de su correspondiente sector, puesto que la solicitud de registro es para determinados grupos de productos y servicios clasificados por clases en un nomenclator. Los registros de marca se solicitan conforme a una clasificación internacional de productos y servicios armonizada en casi todos los países del mundo, llamada Clasificación de Niza. Esta clasificación ordena los principales productos y servicios que pueden encontrarse habitualmente en el mercado en clases o “grupos”, numerados del 1 al 45. Las clases 1 a 34 son clases de productos y las clases 35 a 45 son clases de servicios. En la sede electrónica de la OEPM para presentar una solicitud de marca debemos acceder a “Trámites para signos distintivos” y pinchar en “Solicitud de marcas, nombres comerciales y marcas internacionales”.
  3. Cumplimentar el formulario de registro. En la solicitud de marca se debe prestar especial atención a que los productos y servicios estén correctamente definidos y ubicados conforme a la clasificación internacional. En el caso de que la marca incluya un logotipo, la denominación de la marca que se indique en el formulario debe ser exactamente la misma y con los mismos caracteres que la que aparece en el logotipo. De lo contrario, la OEPM suspenderá la tramitación.
  4. Pagar las tasas oficiales. En función del número de clases que hayamos escogido, las tasas varían. Si eprocedimiento se hace de forma presencial el pago no llega a los 145 euros, pero si se hace de forma telemática tienes un 15% de descuento. Estos precios solo son por dar el alta la primera vez. Después, las tasas de las renovaciones son de 93 euros. Las tasas se van actualizando cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. El precio también puede variar mucho en función de si se escoge un solo sector o varios para la marca, así como si solo se quiere registrar en España o en más países.

La solicitud de marca se publica en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial en, aproximadamente, 2 semanas. Desde esta fecha de publicación ya se tienen derechos provisionales sobre la marca. Si no se recibe ninguna oposición de algún titular de marca anterior y la OEPM no suspende el proceso (por errores en el formulario, por ejemplo), la concesión definitiva de la marca suele ser en unos 6 meses desde la fecha de solicitud.

Caducidad del registro de marca en España

Las marcas tienen una validez de 10 años desde su solicitud. Pasado ese tiempo se deben renovar para no perder los derechos sobre ellas. Las renovaciones posteriores también duran 10 años.

Si transcurridos 5 años desde su registro, la marca no está siendo utilizada de manera efectiva y real para los productos y servicios que cubre, queda sujeta a una posible caducidad por falta de uso. Cualquier tercero puede impugnar ese registro por no estar, aparentemente, siendo utilizado; y el titular de la marca quedar obligado a acreditar ese uso.

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María Fernanda del Pino | Abogada de Legálitas

Referencia legal:

Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

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