¿Cómo reclamo las lesiones sufridas en un accidente de tráfico?

01 Septiembre 2017

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¿Cómo reclamo las lesiones sufridas en un accidente de tráfico?

El Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, en vigor desde el 1 de enero de 2016 introdujo cambios en la reclamación de lesiones producidas en un accidente de tráfico.

Gracias a esta nueva normativa, tanto el perjudicado como el asegurador tienen ahora la posibilidad de someter las lesiones sufridas en un accidente de tráfico a una valoración imparcial e independiente para intentar alcanzar una solución extrajudicial.

La valoración de las lesiones sufridas en accidente de tráfico se realizará mediante Informes Periciales del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) y pueden ser solicitados de común acuerdo entre ambas partes, es decir, asegurador y víctima, o bien de manera particular el perjudicado. En caso de que el lesionado acuda a esta valoración de manera individual, el Instituto de Medicina Legal (IML) comunicará esta decisión inmediatamente a la aseguradora.

Pasos para reclamar las lesiones sufridas en un accidente de tráfico

Antes de acudir a este procedimiento para valorar las lesiones sufridas en un accidente de tráfico, como requisito necesario, la víctima debe mostrar una disconformidad con la oferta motivada realizada por el asegurador, según recoge la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Se deberá presentar una solicitud de Informe Pericial por cada lesionado, es decir, no se puede pedir un único Informe Pericial para todos los lesionados del accidente de tráfico. La solicitud se presentará en el Instituto de Medicina Legal que corresponda o en los lugares que se asigne administrativamente, ya que toda esta materia está transferida a las Comunidades Autónomas.

La solicitud deberá obligatoriamente aportar la oferta motivada realizada por la entidad aseguradora, como se señalaba anteriormente. Además, se  deberá aportar toda la documentación médica que el lesionado quiera que el Instituto de Medicina Legal valore, así como autorizar a este organismo para que consulte todos los historiales clínicos necesarios para realizar el Informe Pericial.

Junto a lo anterior, tanto el lesionado en un accidente de tráfico, como la compañía aseguradora estarán obligadas a aportar todo aquello que el Instituto de Medicina Legal les requiera para realizar la valoración.

Son muchos los cambios producidos en relación a la reclamación de lesiones sufridas en un accidente de tráfico, por ello es fundamental que si has sido víctima de un siniestro consultes con un abogado experto para que puedas proteger tus derechos y conseguir la máxima indemnización por tus lesiones que por ley te corresponde. 

Referencia legal

  • Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.
  • Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
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