Patricia llamó por otro asunto, y acabó recuperando más de 1.000 euros de la pensión de alimentos: Legálitas Casos Reales
21 Enero 2020
Los abogados de Legálitas reciben a diario consultas relacionadas con la pensión de alimentos de los hijos en caso de separación o divorcio o en medidas paternofiliales.
Son muchas las dudas acerca de este tema, y es que, aunque la mayoría de las personas es consciente de que ambos progenitores deben contribuir a los gastos de todo lo indispensable para los pequeños, tales como gastos de alimentos, sustento, alojamiento, ropa o asistencia médica, existen matices y situaciones en las que no queda claro si un gasto forma o no parte de dicha pensión de alimentos.
Por otro lado, los ciudadanos no siempre están al tanto de lo que la ley estipula acerca de este tipo de pensiones, en concreto, de que las pensiones han de ser actualizadas y de la prescripción en la reclamación de los atrasos derivados de esas actualizaciones, así como de la prescripción en el caso de impago de la propia pensión de alimentos.
Una vez revisada y actualizada la cuantía de una pensión de alimentos, dependiendo de la legislación aplicable la prescripción será de un plazo u otro.
No es infrecuente que, al desconocerlo, el plazo de reclamar las actualizaciones prescriba para muchas personas, pero, por suerte, muchos de nuestros clientes han podido ser asesorados y recibir el dinero que les correspondía.
En esta ocasión, tomamos como ejemplo el caso real de éxito que gestionó nuestra abogada Cristina del Puerto, experta en Derecho Civil, uno de los muchos casos de esta clase que recibe con frecuencia, como ella misma explica.
Charlamos con ella para conocer este tipo de situaciones y la ayuda que proporciona tener a un abogado a tu lado que te asesore.
Nuestra clienta, Patricia*, que acudió a nosotros por una consulta relacionada con la reclamación del pago de los libros escolares, acabó recuperando más de mil euros, además de actualmente recibir por parte de su expareja una pensión más elevada, al haber sido esta actualizada.
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P: ¿Cristina, en qué situación se encontraba Patricia cuando llamó a Legálitas?
R.: Patricia llamó a Legálitas ya que ella le reclamaba a su expareja el pago de los libros escolares de su hijo pequeño, pero él le respondía que ese pago estaba dentro de la pensión de alimentos del niño.
P.: ¿Cómo la ayudaste al respecto?
R.: En primer lugar, le expliqué que, efectivamente, el pago de los libros es considerado un gasto ordinario por nuestra jurisprudencia y forma parte de la pensión de alimentos, salvo que sea recogido como gasto extraordinario en la Sentencia judicial.
P: ¿Cuándo le propusiste revisar su pensión de alimentos?
R.: Tras informarle de la diferencia entre gastos ordinario y extraordinario, le pedimos la Sentencia con el Convenio Regulador a fin de verificar si ese gasto lo habían considerado gasto extraordinario. Al revisar el convenio, se confirmó que el gasto relacionado con los libros escolares era un gasto ordinario, pero, además, pude ver que la sentencia había sido dictada hacía más de cinco años, por lo que le pregunté si la pensión de alimentos había sido actualizada en algún momento.
Comprobamos que así era, la pensión no estaba actualizada, y por tanto existía la posibilidad de reclamar los atrasos con una prescripción, en este caso, de tres años, al ser de aplicación el Código Civil Catalán.
Habían pasado más de cinco años desde la fecha de la sentencia, por lo que en este caso la clienta no pudo reclamar dos de esos años, al haber prescrito.
"Finalmente, la expareja de Patricia pagó todo conforme a nuestros cálculos".
P.: ¿Cómo se reclamó el pago de la actualización?
R.: Una vez hechas las actualizaciones y los cálculos de los atrasos, se remitió burofax a la parte contraria. Tras recibir la parte contraria el burofax, se puso en contacto con nosotros su letrada. Tras varias conversaciones con la letrado, basadas, fundamentalmente, en la interpretación de la fecha en la que se debía de actualizar la pensión, la expareja de Patricia decidió pagar todo conforme a nuestros cálculos.
El pago fue hecho en dos plazos: La pensión actualizada, que antes era de 325 euros, son ahora 353,22 euros, y ya se la está pagando correctamente. Por otro lado, los atrasos, que son solo tres años, ascienden a, en total, 759,14 euros.
P.: ¿Cuál fue la reacción de Patricia al conocer la noticia?
R.: Ella estaba encantada al desconocer que podía pedir los atrasos. Pensaba que podía pedir solamente la actualización y ya, y que a partir de ese momento le pagasen lo que le tenían que pagar, pero no sabía que tenía que reclamarlo con efecto retroactivo.
En esta ocasión, la cantidad era quizá menos elevada, pero cualquier cantidad recuperada, por pequeña que fuera, siempre es bien recibida.
Además, en ocasiones lo recuperado asciende a más: por ejemplo, en una ocasión conseguimos hasta 8.000 euros, entre pensión, atrasos y gastos extraordinarios…Lo reclamamos con éxito y se los pagó, porque la clienta llamó agradecida para decírmelo.
En Legálitas asesoramos gran cantidad de casos de este tipo—de actualizaciones de las pensiones—, y en la mayoría de las ocasiones los clientes no saben que pueden pedir las cantidades con una prescripción, en el caso del Código Civil Común, de cinco años.
Creen que solamente es actualizar y ya. Por suerte, nuestros clientes están bien asesorados en este tema y los ayudamos a reclamar cuanto antes las cantidades que les correspondan.
*El nombre de nuestra clienta ha sido cambiado para proteger su identidad.
#LegálitasCasosReales