Cómo solicitar una baja, reducción o excedencia en el trabajo para emprender
04 Abril 2023
¿Puedo solicitar una baja laboral temporal para emprender?
La suspensión del contrato de trabajo está regulada en artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores. Una de las causas de esa interrupción laboral es el mutuo acuerdo de las partes. Por lo tanto, si se llega a un acuerdo con la empresa, es posible suspender temporalmente el contrato de trabajo. Durante este periodo no se cotiza ni se recibe ningún tipo de retribución, pero una vez finalizada la suspensión podríamos recuperar el puesto de trabajo.
Otra opción es que la suspensión temporal viniera recogida en el convenio colectivo de aplicación. En este caso sería el propio convenio el que regulase los requisitos.
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En caso de baja temporal para emprender, ¿cómo debo comunicarla?
En cualquiera de los dos casos anteriores hay que comunicarlo por escrito y la empresa tiene que contestar igualmente por escrito de manera fehaciente.
Requisitos y trámites: ¿Qué papeles debo presentar?
El único requisito es el mutuo acuerdo entre empresa y trabajador. O, en su caso, los que establezca el convenio colectivo si hay regulación expresa en el mismo.
¿Puedo reducir la jornada laboral para montar una empresa? ¿Qué debo acreditar?
Hay dos motivos por los que es posible reducirse la jornada laboral:
- Por mutuo acuerdo entre las partes de forma temporal o de forma definitiva.
- Por conciliación por cuidado de menor de 12 años o cuidado de familiares.
En este sentido, la reducción por cuidado de menores de 12 años o cuidado de familiares tiene como finalidad la conciliación, no el hecho de realizar otras actividades laborales, pero en la práctica si es utilizada por los trabajadores para compaginar su trabajo actual con otra actividad laboral.
En este caso, la ley no lo prohíbe expresamente y en la jurisprudencia no hay unificación de doctrina hasta el momento. Por ello, se debe considerar que el trabajador ejercita el derecho con buena fe.
En este sentido, puede ocurrir que nos reduzcamos la jornada para emprender un negocio cuya actividad se realiza desde casa y con la flexibilidad horaria que ello conlleva al ser nuestro propio negocio. Si este nuevo trabajo facilita al trabajador el cuidado del menor o familiar conforme a la jurisprudencia actual se podría utilizar esta vía para emprender un negocio propio.
¿Puedo pedir una excedencia laboral para crear un negocio?
Es posible solicitar una excedencia voluntaria para emprender un negocio. En este tipo de excedencia no hay que acreditar el motivo por el cual se solicita. En este artículo, se pueden conocer todos los detalles sobre cómo solicitarla.
Para pedir la excedencia, ¿qué debo acreditar?
En una excedencia voluntaria no hay que indicar el motivo por el cual se solicita. No obstante, el trabajador debe tener al menos un año de antigüedad en la empresa. La excedencia voluntaria se puede solicitar un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años.
Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria.
¿Cómo se solicita la excedencia?
Se solicita por escrito teniendo en cuenta que los convenios colectivos pueden establecer requisitos específicos en relación con el preaviso de solicitud y de reincorporación.
Es importante conocer que, a no ser que haya una mejora del convenio colectivo, en la excedencia voluntaria no hay derecho a reserva del puesto de trabajo. Solo hay un derecho preferente en el caso de que haya puestos vacantes de igual o similar categoría.
Igual que ocurre en la reducción de jornada por cuidado de menores o familiares hay trabajadores que utilizan la excedencia por cuidado de menor de tres años o familiares para dedicarse a otra actividad laboral como emprender un negocio. En este caso, la ley tampoco lo prohíbe expresamente y en la jurisprudencia no hay unificación de doctrina hasta el momento.
Siempre presumiendo que el trabajador ejercita el derecho con buena fe y que las condiciones del nuevo trabajo facilitan el cuidado del menor es posible solicitarla dejando claro que dedicarse a otra actividad laboral no es la finalidad de ese tipo de excedencia.
Otros límites fijados por la ley
En cualquiera de las opciones que se escoja para crear un negocio se debe respetar uno de los deberes básicos del trabajador recogido en el artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores: “No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta ley”. Es decir, no incurrir en competencia desleal.
En los contratos de trabajo se pueden pactar cláusulas de no competencia y los propios convenios colectivos pueden establecer limitaciones para trabajar en empresas del mismo sector durante una excedencia. Su incumplimiento puede dar lugar a un despido disciplinario junto con una indemnización de daños y perjuicios.
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Lola Justo | Abogada de Legálitas
Referencia legal: