Autónomo o empresa: ¿qué me conviene?

31 Marzo 2025

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Autónomo o empresa: ¿qué me conviene?

Al poner en marcha una actividad empresarial o profesional a nivel individual, uno de los interrogantes que se plantean muchos futuros emprendedores es la forma jurídica a través de la que desarrollar su actividad: ¿Me hago autónomo o creo una sociedad?

Aunque nuestra normativa pone a disposición de los emprendedores diferentes alternativas, la mayoría suele optar, fundamentalmente, entre la figura del Autónomo o Empresario Individual y la de la Sociedad Limitada.

Son numerosas las consultas que recibimos en Legálitas Negocios solicitando asistencia y orientación acerca de la forma jurídica más adecuada para su proyecto empresarial o profesional. Y aunque no existe una regla científica que permita, de manera empírica, dar una respuesta a esta cuestión, bien es cierto que existen una serie de variables, tanto de índole personal como económicas y de negocio que, ponderadas en su conjunto, pueden ayudar al emprendedor a elegir aquella forma jurídica que más y mejor se adapte a su situación, necesidades y expectativas.

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¿Cuándo me conviene ser autónomo?

Conviene ser autónomo si cumples o requieres de algunos de estos puntos:

  • Menor coste inicial: Solo necesitas darte de alta en Hacienda y en el régimen de autónomos.
  • Trámites rápidos y sencillos: Puedes empezar tu actividad en un solo día.
  • Menos gastos recurrentes: Los costes de gestoría y obligaciones fiscales son más bajos.
  • Ingresos bajos o moderados: Tributarás por IRPF, que es más ventajoso con ingresos reducidos.

 

¿Cuándo me conviene ser empresa?

Conviene ser empresa si cumples o requieres de algunos de estos puntos:

  • Limitar tu responsabilidad: Respondes solo con el patrimonio de la sociedad, no con el personal.
  • Ingresos altos: El Impuesto de Sociedades (25% o 15% los dos primeros años) puede ser más favorable que el IRPF, a partir de cierto nivel de ingresos.
  • Acceso a financiación: Los bancos suelen conceder financiación más fácilmente a las sociedades.
  • Imagen profesional: Algunos clientes y proveedores prefieren trabajar con sociedades.
  • Beneficios fiscales de startups: Si cumples los requisitos, puedes solicitar el certificado de empresa emergente (ENISA) 

Factores a tener en cuenta para ser autónomo o crear una sociedad

Vamos a enunciar y describir, a modo de guía práctica, un decálogo de variables a considerar para que los futuros emprendedores dispongan de elementos de ponderación en la adopción de su decisión.

¿Qué es más caro, ser autónomo o crear una empresa?

En principio, el coste que un emprendedor debería afrontar como empresario individual o autónomo a la hora de activar el inicio de sus operaciones no tendría que suponer desembolso económico alguno, ya que esta gestión la puede realizar el propio emprendedor. Para ello, únicamente, son necesarios dos simples y sencillos trámites: el alta en el régimen de autónomos y el alta en Hacienda.

No obstante, si prefiere realizar estas gestiones a través de un gestor los honorarios serían muy reducidos. Por ejemplo, el Punto de Atención al Emprendedor de Legálitas Negocios dispone de un servicio de Alta de Autónomo que incluye ambas gestiones, con la ventaja asociada de dos meses de servicio de gestoría contable y fiscal de manera gratuita y sin compromiso de permanencia.

Por otra parte, si la opción seleccionada es la creación y constitución de una sociedad, el emprendedor tendría, en principio, que acudir a un profesional para que gestione todo el proceso, lo que supondrá hacer frente a los honorarios que conlleve, así como otra serie de gastos tanto de notaría como de registro mercantil, o los derivados del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).

El Punto de Atención al Emprendedor de Legálitas Negocios dispone de un servicio de creación y constitución de sociedades para gestionar todo este proceso de manera personalizada, con la asistencia de un profesional de nuestro equipo, durante todas las fases de este. Además, con la ventaja asociada de dos meses de servicio de gestoría contable y fiscal de manera gratuita y sin compromiso de permanencia.

 

Diferencias del proceso entre darse de alta de autónomos y montar una sociedad

Lógicamente, en el caso de empresarios individuales o autónomos, el proceso será ultrarrápido y de una mínima complejidad, ya que en un solo día el emprendedor podría tener su actividad plenamente operativa.

Sin embargo, en el caso de las sociedades limitadas este proceso se alargará un poco más en el tiempo, ya que habrá de tenerse en cuenta la cumplimentación de una serie de pasos previos, como son la preparación y elaboración de todos los documentos necesarios para la creación de la sociedad (certificado de denominación social, depósito del capital social, redacción de los estatutos sociales,…) y otra serie de ellos posteriores, como son los trámites con sus respectivos tiempos, tanto a efectos de notaría como de  registro mercantil.
 

¿Qué gastos recurrentes supone ser autónomo vs tener una SL?

La gestión de las obligaciones recurrentes desde el punto de vista contable y fiscal de una sociedad limitada unipersonal conlleva una mayor complejidad que en el caso de los autónomos o empresarios individuales, por lo que los gastos de gestoría, en principio, serán más elevados en el primer caso que en el segundo.

 

Autónomo vs empresa: ¿quién se hace cargo de las deudas?

Mientras que el autónomo o empresario individual responde con su patrimonio personal por las posibles deudas generadas frente a terceros, en las sociedades de responsabilidad limitada, como su nombre indica, sólo responde, a priori, con el patrimonio de la sociedad.

No obstante, la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización incorporó la posibilidad de registrase como “emprendedor de responsabilidad limitada”, con la finalidad de limitar la responsabilidad ante terceros de ciertos bienes esenciales, como podría ser el caso de la vivienda. Posteriormente, la Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas (“Ley Crea y Crece”) amplía esta limitación de la responsabilidad a los bienes propios del negocio.

 

Diferencias fiscales entre ser autónomo o empresa

El autónomo o empresario individual tributa a través del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), cuya tributación es progresiva y depende del nivel de ingresos.

Sin embargo, la sociedad de responsabilidad limitada unipersonal lo hace a través del Impuesto de Sociedades. Con carácter general, las sociedades limitadas tributan al 25% aplicándose, en caso de sociedades de nueva creación, un tipo reducido del 15% durante dos años desde que la sociedad tenga base imponible positiva.

En el caso de empresarios individuales o autónomos habrá que estar a los tipos aplicables en su IRPF, que para 2025 son los siguientes:

base imponible
 

Para ello, el emprendedor deberá tener en cuenta las previsiones de ingresos de su plan de negocio y, en función de estas, considerar desde el punto de vista fiscal la forma jurídica que más le pueda interesar.

Por otra parte, también habrá de considerarse que, si bien las sociedades de nueva creación disponen del tipo reducido indicado durante los dos primeros ejercicios, esta deducción no resulta de aplicación si uno de sus socios ha sido previamente empresario individual o autónomo durante el año anterior a la creación de la sociedad, dedicándose a la misma actividad y siempre que tuviera más de un 50% de participación. Por lo tanto, si se diera de alta como autónomo y dentro del año siguiente decidiera operar como sociedad con la misma actividad, el tipo aplicable del Impuesto sobre Sociedades será el general del 25%.

 

Acceso a financiación siendo autónomo vs siendo una sl

Si el emprendedor, a lo largo del desarrollo de su actividad empresarial, necesita financiación ajena (un crédito bancario, por ejemplo), en principio, las entidades financieras suelen conceder mayor prioridad a las sociedades, pues sus datos económico-financieros son más claros y precisos, por lo que suelen generar mayor confianza para su concesión.

 

Clientes y proveedores cuando eres autónomo o sociedad

El emprendedor debe considerar que determinados sectores o perfiles de empresa prefieren y, en algunos casos exigen, para tener la relación de cliente o proveedor, la condición de sociedad, dado que a priori les garantiza un mayor grado de solvencia, pudiendo además acceder a su información contable y financiera través de determinadas fuentes, caso este último en el que no resulta posible tratándose de autónomos o empresarios individuales.

En relación con el punto anterior, aun no tratándose de clientes o proveedores que no privilegien o, en su caso, exijan la forma jurídica de sociedad, es cierto que esta figura proyecta una imagen más profesional, por lo que el futuro emprendedor debería considerar este aspecto de cara al potencial crecimiento de su cartera comercial.

 

¿Qué ocurre si soy autónomo, pero voy a tener socios?

Si el emprendedor tiene, a corto o medio plazo, la intención o posibilidad de incorporar futuros socios en su actividad empresarial, tratándose de una sociedad únicamente tendrá que realizar las actuaciones oportunas de modificación de estatutos, cambios en el accionariado, etc. siendo además la información económico-financiera mucho más clara y precisa, lo que permitirá a aquellos futuros socios evaluar con mayor transparencia y precisión la oportunidad de la entrada en el negocio.

 

¿Puedo obtener el certificado de startup como autónomo?

Por último, si el futuro emprendedor estuviera planteándose, por la tipología de su negocio, solicitar ante la entidad pública ENISA el certificado acreditativo de empresa emergente o startup, para beneficiarse de sus ventajas e incentivos fiscales, debe tener en cuenta que esta certificación únicamente puede ser solicitada por entidades jurídicas y nunca por empresarios individuales o autónomos.

Si tras leer este decálogo aún tienes dudas sobre bajo qué fórmula jurídica desarrollar tu actividad, consulta nuestros planes de negocios de Legálitas.
 

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