Un préstamo entre familiares para abrir un negocio ¿hay que declararlo?
05 Noviembre 2014

Sí, aunque no sea la práctica habitual, recomendamos que el mismo se formalice por escrito, nuestros servicios jurídicos le redactarán el contrato de préstamo. La especialidad de préstamo entre familiares es que puede acordarse sin intereses, sin que por ello la administración presuma que es una donación. Dado que los intereses son capital mobiliario, han de ser declarados en renta por parte del prestatario (quien presta el dinero), al no conllevar intereses, el prestatario no está obligado a declararlo.
En segundo lugar, el plazo de devolución no puede ser excesivamente alto, en tal caso, la administración puede también entender que se encuentra ante una donación encubierta, y hacerle tributar por ella.
En tercer lugar, el préstamos realizados por particulares están exentos según el articulo 45.I.B.15 del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Referencia legal
- Articulo 45.I.B.15, del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.