Salario mínimo interprofesional: qué es, cómo se calcula y subidas anuales

08 Febrero 2024

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Salario mínimo interprofesional: qué es, cómo se calcula y subidas anuales

El salario mínimo interprofesional (SMI) es la retribución mínima (diaria, mensual o anual) que puede recibir una persona por su jornada legal de trabajo.

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Cómo se calcula el salario mínimo interprofesional

El importe del salario mínimo interprofesional se fija anualmente por el Gobierno, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas. Para ello, se tienen en cuenta los siguientes factores:

  1. El índice de precios de consumo.
  2. La productividad media nacional alcanzada.
  3. El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
  4. La coyuntura económica general.

Principales características del salario mínimo interprofesional

El salario mínimo no tiene distinción de características como la edad o el sexo del trabajador, ni tampoco de circunstancias como la duración del contrato; por ejemplo, si este es indefinido o temporal. Además, es importante tener en cuenta que este salario debe ser recibido en dinero, es decir, no se le pueden restar retribuciones que el trabajador haya recibido en especie.

Una particularidad muy importante del SMI, que establece el art. 27 del Estatuto de los Trabajadores, es que su cuantía es inembargable. Lo que significa que no se podrá retener ninguna cantidad de la nómina como consecuencia de un embargo judicial o de una administración pública si su importe neto no supera el salario mínimo vigente en cada momento.

Subida anual del salario mínimo interprofesional

Lo normal es que el SMI suba todos los años teniendo en cuenta los factores necesarios para su actualización, pero legalmente no es obligatorio. De hecho, históricamente se ha congelado en dos ocasiones: la primera en 2012 y la segunda en 2014.

¿En qué consiste la subida de 2024?

El Gobierno ha aprobado una subida del SMI en un 5% en el Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024 mediante RD 145/2024 que ha sido publicado en el BOE del día siguiente. Con efectos de 1 de enero de 2024, éste queda establecido en:

  • 15.876 euros anuales, lo que se traduce en 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas.

  • Para las personas trabajadoras eventuales, se ha fijado en 53,71 euros por jornada de trabajo.

  • Para los empleados de hogar por horas en 8,87 euros la hora.

El salario mínimo establecido se refiere a la jornada legal de trabajo en cada actividad. Si se realizase una jornada inferior, el salario se percibiría de manera proporcional.
 

Diferencias entre salario mínimo interprofesional e IPREM

En ocasiones, el salario mínimo interprofesional se confunde con el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este último es un índice de referencia de ingresos para la concesión de ayudas, prestaciones o subsidios y la cuantía de estas, mientras que el primero es un indicador que se utiliza fundamentalmente en el ámbito laboral.

Se creó en 2004 para sustituir al SMI como índice de referencia a estos efectos. Su importe se publica cada año en la Ley de Presupuestos y su incremento ha sido más lento y paulatino en los últimos años que el salario mínimo interprofesional. Para el año 2024, el IPREM anual continúa fijado en 7.200 euros, y el mensual en 600 euros, como el año anterior, si bien se prevé una actualización cuando se aprueben los Presupuestos Generales del Estado.

 

¿Es lo mismo el salario mínimo interprofesional y el salario base?

Otro error habitual es equivocar el salario mínimo con el salario base. El salario base es la retribución fija que recibe un trabajador según lo pactado en su contrato o en los convenios colectivos. Y, tal y como dispone el art. 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, su estructura está compuesta por otros complementos salariales establecidos en función de las condiciones personales de la persona, su trabajo realizado o los resultados de la empresa.

Por este motivo, el salario base puede ser superior o inferior al SMI ya que lo que garantiza la ley es que el salario total del trabajador alcance al menos ese importe. Todas las empresas pueden alcanzar el salario mínimo en la retribución que abonan a sus empleados incluyendo otros complementos como, por ejemplo, su antigüedad.

Esto quiere decir que, si la suma de estos complementos más el salario base supera el SMI, la empresa no estará obligada a pagar ninguna cantidad adicional, siempre y cuando se respeten además las previsiones salariales de los convenios colectivos en su caso. Sin embargo, dichos complementos para alcanzar el salario mínimo nunca van a poder ser los pluses de transporte o el abono de horas extras.

¿Pueden despedirme para no subirme el sueldo?

Una duda importante que le ha surgido a muchas personas es si, a causa de esta subida del salario mínimo, el empleador pueda llegar a la conclusión de que no le es posible mantener a algunos trabajadores, y por ello despedirlos. ¿Es legal esta práctica o no se respetarían los derechos del trabajador?

 En primer lugar, hay que tener en cuenta que este caso sería poco probable en empresas grandes, ya que los empleados están protegidos por convenios colectivos. Por otro lado, existen muchas medidas que podrían tomar todas las empresas para que prescindir de sus trabajadores sea solo el último recurso. 

Sin embargo, si fuera el caso, ¿sería improcedente un despido a causa de la subida del SMI? Ello depende del caso en concreto, ya que de manera general no se puede confirmar la declaración de improcedencia o procedencia de la medida.

Por lo tanto, lo mejor en estos casos será consultar con un abogado experto en derecho laboral, quien te podrá asesorar con rigor e informarte de todas tus opciones si existe una ilegalidad y no te han pagado el salario que te corresponde.

 

Sergio Herrero y Lola Justo | Abogados de Legálitas

Referencias legales:

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023.

 

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