¿Puedo cambiar la base de cotización?
09 Marzo 2015

La elección de la base de cotización es uno de los quebraderos de cabeza del nuevo autónomo. Elegir una base u otra de cotización determina qué se debe pagar a la Seguridad Social mes a mes. Las bases de cotización deben estar siempre entre el mínimo y el máximo que se marca por ley cada año.
La respuesta a la pregusta es sí. Concretamente, los trabajadores autónomos pueden modificar su base de cotización dos veces al año. Para ello, el trabajador por cuenta propia deberá solicitar el cambio en su base de cotización en la Tesorería General de la Seguridad Social en los siguientes plazos:
- Antes del 1 de mayo: Los cambios tendrán efecto a partir del 1 de julio
- Antes del 1 de noviembre: Los cambios tendrán efecto a partir del día 1 de enero del siguiente año.
Referencia legal
- Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajador Autónomo
- Orden ESS/86/2015, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional.