He comprado en rebajas a través de Internet ¿Puedo desistir una vez hecho el pago?

04 Abril 2014

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He comprado en rebajas a través de Internet ¿Puedo desistir una vez hecho el pago?

Aunque usted haya comprado un artículo rebajado no le priva de su derecho a desistir la compra. Podrá hacerlo en un plazo de 14 días naturales, contados desde que reciba en su domicilio el bien comprado.

En la página web debe indicarse explícita y claramente este derecho del cliente, sus requisitos y consecuencias, así como la forma de devolución del bien recibido. Además debe ponerse a disposición del consumidor un documento donde quede identificado el desistimiento y el nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de los contratantes.

Si el empresario no cumple ese deber de información y documentación, el plazo para ejercer el desistimiento se amplía a 3 meses contados desde que se entregó el bien.

Se consideran nulas las cláusulas contractuales que excluyan o penalicen el ejercicio de este derecho de desistimiento del comprador.

Para desistir no hay que cumplir ninguna formalidad, bastando que el consumidor acredite haber desistido en cualquier forma admitida en derecho. Incluso es suficiente con devolver los productos recibidos dentro de ese plazo.

Desistir no implicará gastos para el consumidor.

Una vez ejercitado el desistimiento, el empresario debe devolver el dinero al cliente y éste restituir el artículo comprado. El consumidor no tendrá que rembolsar cantidad alguna por la disminución del valor del bien que sea consecuencia de su uso o su naturaleza. Además tendrá derecho a recuperar los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien.

El empresario está obligado a devolver el dinero sin retención de gastos y lo antes posible, en cualquier caso, en un máximo de 30 días, pues pasado ese plazo el comprador tendrá derecho a reclamar la suma duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que pueda acreditar.

Si es imposible devolver el producto por pérdida, destrucción u otra causa no privarán al consumidor de la posibilidad de ejercer el desistimiento. No obstante, si esto sucede por culpa del cliente deberá responder del valor del bien.

Referencia legal

  • Directiva 2011/83, de 25 de octubre de 2011.
  • Arts. 69 y ss del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Art. 10 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

 

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