¿Se necesita licencia para hacer obras en casa?

08 Agosto 2013

FacebookwhatsappXLinkedInEmail
¿Se necesita licencia para hacer obras en casa?

Cuando nos planteamos hacer obras en casa debemos saber que hay que hacer un trámite en el Ayuntamiento para solicitar la licencia de esas obras. Si las obras afectan a la modificación de los elementos arquitectónicos (tabiquería, muros, etc), instalaciones o servicios en elementos privados que no menoscaben o alteren la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exterior, bastará con poner en conocimiento del Ayuntamiento a través de la Junta de Distrito correspondiente su intención de realizar las obras.

Es lo que se llama un “acto comunicado” a la Administración, lo que se ha venido conociendo como “obra menor” por el que hay que pagar una tasa consistente en un porcentaje del presupuesto de las obras a. No comunicar la realización de las obras puede conllevar una multa mediante el correspondiente expediente sancionador

En este tipo de obras es igualmente necesario comunicar previamente su realización al Presidente de la cominidad pues así lo exige la ley de propiedad horizontal.Será necesaria licencia de obras, a diferencia del acto comunicado, en caso de que se modifiquen fachadas o elementos estructurales del inmueble como ventanas, cerramientos de terrazas o muros de carga. Para su concesión será necesario presentar un proyecto firmado por un técnico, e igualmente pagar las tasas de obra que será un porcentaje del presupuesto de las obras a realizar, pudiendo ser sancionado si no la solicita.

Para realizar este tipo de obras es necesaria autorización de la Junta de propietarios, dependiendo la mayoría necesaria del tipo de obra.

En cualquier caso, será necesario el consentimiento del propietario que se pueda ver afectado directamente por las obras, si tiene que ceder el uso para la ejecución de las mismas de parte de su vivienda, por ejemplo en caso de tuberías o bajantes u otro tipo de instalaciones.

Cuando se realicen obras no consentidas por la comunidad, la junta de propietarios  podrá exigir la demolición de las mismas para que se vuelva al estado anterior a la realización de dichas obras.

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes