Estoy de baja médica por la Seguridad Social y la mutua de mi empresa me ha citado para una revisión ¿Tengo que ir?
13 Noviembre 2013
![](/sites/default/files/styles/image_process/public/images/articulo-sin-imagen.png.webp?itok=gZ7szgvk)
#Texto revisado octubre 2015
Es obligatorio acudir a las revisiones que realizan las Mutuas de Trabajo. La Ley General de la Seguridad Social establece expresamente como motivo de extinción del subsidio la incomparecencia injustificada a cualquiera de las convocatorias para los exámenes y reconocimientos establecidos por los médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
También se debe tener en cuenta que el derecho al subsidio podrá ser suspendido cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado.
Referencia legal
- LGSS artículo 131. Bis. 1. y artículo 132. 2.