Legálitas evita que sancionen a Valeria por supuestamente estar en situación irregular en España

17 Abril 2024

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Los ciudadanos extranjeros que vienen a España y desean permanecer en nuestro país deben realizar distintos tipos de trámites en función de las circunstancias concretas del solicitante.

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Un ejemplo de este tipo es lo que le ocurrió a Valeria*. Nuestra cliente es de nacionalidad argentina, pero está casada con Marco, de nacionalidad italiana y, por lo tanto, perteneciente a un país de la Unión Europea. La pareja se casó en Argentina, aunque, posteriormente, registraron su matrimonio en Italia.

Hace un año Valeria vino a España y comenzó a reunir la documentación necesaria para solicitar la correspondiente residencia en nuestro país, ya que los familiares de los miembros de la Unión Europea pueden fijar su residencia en España por un periodo superior a tres meses acreditando la existencia de ese vínculo familiar.

Durante ese periodo, le notifican la iniciación del procedimiento sancionador de sanción con una multa que puede oscilar entre los 501 euros y los 10.000 euros por encontrarse en una supuesta situación irregular en nuestro país al considerar infringido el artículo 53.1 a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, 11/2003, 14/2003 y 2/2009. 

Ante su incertidumbre, Valeria se puso en contacto con Legálitas para conocer cuáles eran sus derechos y saber cómo debía proceder. Tras estudiar su caso, Lorena Gallego, abogada de nuestra red de despachos, asesoró a la clienta presentar un escrito de alegaciones dentro del plazo estipulado de 15 días explicando que a los familiares de ciudadanos comunitarios no se les puede sancionar por este motivo.

Este se basa en el artículo 14.4 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea y de otros estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que establece que “sin perjuicio de la obligación de los ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea y de los restantes Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo así como de sus familiares de solicitar y obtener el certificado de registro o la tarjeta de residencia y sus correspondientes renovaciones, los mismos podrán acreditar ser beneficiarios del régimen comunitario previsto en el Real Decreto por cualquier medio de prueba admitido en Derecho”. 

Por lo tanto, Valeria era una ciudadana de hecho y de derecho beneficiaria del régimen comunitario por estar casada con un ciudadano italiano, por lo que no se le puede sancionar por el mero hecho de no estar en posesión de la tarjeta de residencia correspondiente.

Tarjeta comunitaria: qué es, cómo se obtiene y su renovación. 

De esta manera, gracias al trabajo de la letrada, nuestra cliente recibió la resolución del archivo del expediente sancionador en el que la Administración reconoce la improcedencia de dicha sanción evitando así que a Valeria le pongan una multa que podía oscilar entre los 501 euros y los 10.000 euros.

La clienta ha mostrado su satisfacción con Legálitas y, en especial, con nuestra compañera Lorena Gallego por el asesoramiento recibido y la resolución de su caso. 

¿Es este tu caso? Si estás en una situación similar y necesitas ayuda para obtener la residencia o en cualquier trámite relacionado con la nacionalidad española, nuestros abogados de Legalitas te asesorarán durante todo el proceso ayudándote a resolver el problema. ¡Más información aquí!

¿Cómo obtener la nacionalidad española? Tipos de nacionalidad.

 

*El nombre de nuestro cliente ha sido cambiado para proteger su identidad. 

 

#LegálitasCasosReales 

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